Política

Bloquearán con cepos las llantas de carros mal parqueados en Bogotá

Así lo dispone un proyecto de resolución que entraría en vigencia a partir del 2 de noviembre dentro del llamado 'Parqueo en vía'.

Controles al parqueo en vía

Controles al parqueo en vía(Colprensa)

Según el proyecto de resolución que conoció Caracol Radio, la Secretaría de Movilidad establecerá un protocolo para la instalación de cepos en vehículos que se encuentren estacionados en zonas prohibidas sin la presencia del conductor o responsable del vehículo, el protocolo tendrá unas características especiales de obligatorio cumplimiento:

 1. Los operativos serán realizados siempre en presencia de los agentes de tránsito.

 2. Si un agente de tránsito evidencia que un vehículo se encuentra estacionado irregularmente en zonas prohibidas éste dará la orden de bloqueo del vehículo.

 3. Una vez realizada la orden de bloqueo por el agente de tránsito, y siempre en su presencia, se instalará el correspondiente cepo por parte del agente o del operario designado, dejando en el vehículo la orden de bloqueo, así como la siguiente información:

- Los canales de atención dispuestos por la Secretaría Distrital de Movilidad para el levantamiento del cepo.

- La hora de instalación del cepo.

- Código de la infracción.

4. Si el propietario o conductor se presenta antes de la instalación del cepo, el vehículo no será bloqueado, pero se impondrá la orden de comparendo por el agente de tránsito por la infracción cometida. El conductor o responsable del vehículo deberá retirar inmediatamente el vehículo del lugar de la infracción.

5. En caso de que el conductor o responsable del vehículo llegue después de la instalación del cepo, y el agente de tránsito aún se encuentre presente en el lugar, se impondrá el comparendo y luego de impuesto, se desbloqueará el vehículo por el agente o el operario designado. El conductor o responsable del vehículo deberá retirar inmediatamente el vehículo del lugar de la infracción.

6. Si el agente de tránsito no se encuentra en el lugar, el conductor o responsable del vehículo deberá contactarse a través de los canales de atención dispuestos por la SDM para que sea desbloqueado por el agente o el operario designado. En este caso, se impondrá la orden de comparendo y posteriormente se procederá a la desinstalación del cepo.

7. En todo caso los cepos no podrán instalarse en vehículos que se encuentren obstruyendo el paso peatonal y pongan en riesgo su seguridad. En este evento el agente de tránsito deberá solicitar el servicio de grúa y dispondrá su traslado a los patios.

Indicaron desde la Secretaría de Movilidad, que la instalación y remoción de los cepos no generará cobro alguno para el conductor o responsable del vehículo y además, en cualquier momento, la autoridad de tránsito podrá disponer el traslado del vehículo bloqueado, a los patios autorizados, para lo cual podrá solicitar el servicio de grúa. Teniendo en cuenta el procedimiento previsto para la inmovilización con grúas.

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