Defensoría y Personería piden proteger movilidad de usuarios de Transcaribe
Ambas entidades solicitaron a un juez acoger la solicitud de tutela instaurada por Transcaribe para que se reactive el recaudo
Cartagena de Indias
La Defensoría del Pueblo y la Personería Distrital le pidieron al Juzgado Cuarto Municipal de Pequeñas Causas Laborales, quien admitió la acción de tutela instaurada por Transcaribe que se acoja lo solicitado por el accionante y se garantice el derecho fundamental a la movilidad a los cartageneros, el cual se está viendo afectado por la interrupción unilateral del servicio por parte del concesionario de recaudo y gestión de flota.
Esta acción de tutela presentada contra Colcard y Gestión de Flotas de Transporte Público, busca ordenar una medida cautelar para la reactivación inmediata del contrato, habilitando nuevamente el servicio de recaudo que fue suspendido el pasado puente festivo.
Dentro de este proceso, el togado ordenó vincular a Procuraduría Provincial, la Defensoría del Pueblo y la Personería distrital para den un concepto sobre la tutela.
Caracol Radio conoció en primicia la respuesta de la Defensoría y la Personería. Ambas entidades le dieron la razón a Transcaribe para que el recaudo se reanude nuevamente, con el propósito de no seguir afectando la movilidad de los ciudadanos.
“Al verse suspendido el servicio de Transcaribe por parte de las entidades accionadas, se estaría vulnerando los derechos fundamentales de los miles de usuarios, en especial aquellos de especial protección. La Corte Constitucional en decantada jurisprudencia, ha recordado que las personas en situación de discapacidad son sujetos de especial protección, pues son personas en condiciones de vulnerabilidad, debilidad manifiesta y en la desprotección histórica y generalizada, por lo cual es un deber del Estado y de la sociedad, realizar acciones para la garantía de los derechos fundamentales de esta población”, manifestó la Personería en su respuesta.
Así mismo la Defensoría del Pueblo señaló: “Desde esta Agencia del Ministerio Público consideramos necesario que el Despacho pondere la situación administrativa aquí ventilada a la luz de las decisiones jurisprudenciales antes referidas y los medios probatorios obrantes dentro del plenario y se adopten medidas garantistas tendientes a salvaguardar los derechos fundamentales de los usuarios del servicio de transporte, quienes son los directamente afectados con las consecuencias jurídicas derivadas de la controversia contractual planteada por la entidad accionante”.