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Orden de arresto para Alan Jara por desacato

Caracol Radio conoció que la sanción se profirió por incumplir un fallo de tutela que ampara a una víctima de la violencia en Boyacá.

(Colprensa)

Tunja (Colombia)

El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la sanción proferida por el Juzgado 12 Administrativo Oral de Tunja, en la cual se multa con dos Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) y dos días de arresto a Alan Jara, en su condición de director general de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).

De acuerdo con el juzgado, el funcionario había incurrido en el desacato de un fallo de tutela del juzgado, en el cual se amparó a la señora Elvia Suaza para que la entidad le pagara una indemnización por la muerte violenta de su hijo Jesús Tangarife.

"De las pruebas allegadas al plenario se probó que efectivamente se vulneró el derecho fundamental al debido proceso de la entidad, en razón a que por un lado, no le dieron contestación precisa de un derecho de petición sobre su caso y por otro, ha omitido el pago de la indemnización administrativa de que trata la Ley 1448 de 2011, en su condición de víctima de la violencia por muerte de su hijo, desconociendo que se encuentra dentro de criterios de priorización y de enfoque diferencial para su pago expedito contenidos en dicha norma", señala el expediente del Tribunal Administrativo de Boyacá.

El juzgado doce resolvió que una vez ejecutoriada su providencia, se oficiara a las autoridades de policía de la ciudad de Bogotá para que procedan a hacer efectivo el citado arresto.

El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la sanción impuesta, considerando que la conducta de Alan Jara constituye un comportamiento que desatiende las órdenes impartidas por la juez de instancia, situación que prolonga la vulneración o amenaza de un derecho fundamental tutelado.

Sin embargo, debe precisarse que de demostrar el director general de la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación Integral de las Victimas, el cumplimiento cabal de todas las órdenes impartidas, en la forma indicada en el fallo de tutela, ello impedirá que se materialice la sanción impuesta.

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