Ninguna norma exime a los vehículos oficiales de pico y placa: Secretaría de Movilidad
En un mes la Policía comenzará a imponer comparendos a conductores de esos vehículos que no acaten la restricción.

Ninguna norma exime a los vehículos oficiales de pico y placa: Secretaría de Movilidad(Colprensa/Archivo)
El secretario de Movilidad de Bogotá, Juan Pablo Bocarejo explicó que mediante el decreto que establece el pico y placa para los vehículos de transporte especial, también se incluye la imposición de comparendos a vehículos oficiales.
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Si bien esta restricción ya opera en Bogotá, el funcionario aseguró que no se está cumpliendo.
“No hay ninguna normatividad que diga que los vehículos oficiales están exentos de pico y placa. Por principio de igualdad, no vemos por qué un ejecutivo del sector privado tenga pico y placa y uno del sector público no lo tenga”, señaló.
En ese sentido, Bocarejo anunció que “se va a dar un tiempo prudencial, pero en un mes cuando entre a regir el decreto, vamos a aplicar muy fuerte la revisión y el cumplimiento de pico y placa para todos los vehículos oficiales, ya sea distritales, del departamento o a nivel nacional”.
El pico y placa para vehículos oficiales aplica de la misma forma que para los particulares, mediante “restricción en la circulación en los días pares hábiles del calendario, los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero (0), y en los días impares hábiles del calendario, se restringirá la circulación de los vehículos cuya placa termine en dígito impar”.
La restricción de circulación adoptada para los vehículos automotores de servicio oficial funciona entonces, entre las 6:00 y las 8:30 horas y entre las 15:00 y las 19:30 horas, los días hábiles de lunes a viernes.



