De la Espriella firmó decreto que levanta suspensión de permisos para el porte de armas en Colombia
Se mantienen los controles y requisitos de las autoridades competentes para el porte de armas en Colombia

Abelardo de la Espriella y decreto de porte de armas. Foto: (Photo by Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images)

El presidente Abelardo de la Espriella firmó el decreto que levanta la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en Colombia.
Se trata del decreto 1368 de 2026, a través del cuál se levanta la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego y se dictan otras disposiciones.
El decreto establece que se mantienen los controles estrictos, requisitos y permisos de las autoridades competentes, establecidos en la Constitución, específicamente en ley de 1993.
Una medida, que según el mandatario, busca modificar la política que durante años restringió el porte legal de armas mientras los grupos criminales continuaron accediendo a armamento de manera ilegal.
Así las cosas, la directriz gubernamental establece que se otorgarán garantías institucionales a los ciudadanos que se ajusten a la ley, al tiempo en que el presidente reiteró que se aplicará toda la fuerza legítima del Estado contra los actores armados ilegales.
¿Cómo sustentó el presidente la decisión?
El mandatario presentó cifras de incautaciones realizadas por la Fuerza Pública entre el 1.º de enero y el 3 de septiembre: 15.700 armas de fuego incautadas, de las cuales 14.179 estarían relacionadas con la comisión de delitos.
Según las cifras divulgadas, 980 armas estaban relacionadas con disidencias, 551 con el Clan del Golfo y 339 con el ELN.
“Solo entre las asociadas a las disidencias encontramos 380 fusiles y 65 morteros calibre 60 milímetros”, explicó el mandatario.
¿Cuáles son las condiciones de la ley?
El presidente De La Espriella explicó que los requisitos para obtener un permiso continuarán siendo estrictos y que los solicitantes deberán cumplir con condiciones físicas, psíquicas y emocionales, entre ellos:
-Permiso vigente expedido por autoridad militar
-Armada amparada por el permiso
-Edad mínima 25 años
-No tener antecedentes
-Aprobar certificado médico y aptitud psicofisica
-Conocimiento teórico
El presidente Abelardo De La Espriella aclaró que la expidición de este decreto, NO significa porte indiscriminado en el país, porque lo que termina es la suspensión general que convertía la prohibición en regla.



Laura Saavedra Martínez
Comunicadora social y periodista con más de siete años de experiencia ejerciendo periodismo en diferentes...




