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Declaración de renta 2026: DIAN amplió plazo a afectados por el terremoto, ¿cómo saber si aplica?

Cerca de 308.000 contribuyentes tendrán nuevos plazos para presentar y pagar su declaración de renta. Consulte la medida aquí:

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció este viernes 21 de agosto de 2026 que se amplió el plazo para declarar renta a más de 300 mil contribuyentes ubicados en las zonas afectadas por el terremoto de 7,4 el pasado lunes 10 de agosto de 2026.

Lea también: DIAN: ¿Qué declaraciones de renta deben ir firmadas por un contador público en 2026?

La entidad confirmó que se han reprogramado los vencimientos para la presentación y el pago del impuesto sobre la renta de personas naturales y sucesiones líquidas en varias regiones del país.

La nueva medida, adoptada mediante el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026, busca aliviar la carga financiera de 309 mil contribuyentes con el fin de que puedan priorizar la atención de la emergencia.

“Las seccionales afectadas por el terremoto agrupan a cerca del 14% del total de los declarantes del país y estimamos que el número de contribuyentes que tendrá aplazamiento de vencimientos en esas ciudades alcanza las 308 mil personas”, señaló Andrés Felipe Velásquez Reyes, director general de la DIAN.

¿Quiénes son los beneficiarios de esta medida?

Tal como destacó la DIAN, este beneficio no aplica para todo el territorio nacional. Está dedicado exclusivamente a las personas naturales y sucesiones líquidas obligadas a declarar renta cuyo NIT termine en los dígitos del 01 al 26.

La DIAN enfatizó que es indispensable que, al 10 de agosto de 2026, las personas tuvieran registrado su domicilio fiscal en municipios pertenecientes a los departamentos de Risaralda, Valle del Cauca, Chocó, Quindío, Caldas y Cauca.

“La disposición transitoria aplica únicamente a quienes tenían registrado su domicilio fiscal en municipios que pertenezcan a la Dirección Seccional de Impuestos Cali y a las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Quibdó, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales y Popayán”.

Según la DIAN, este grupo de contribuyentes podrá presentar y pagar su declaración entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre, de acuerdo con los últimos dígitos del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Asimismo, el beneficio cobija a las personas naturales que deban inscribirse por primera vez en el Registro Único Tributario (RUT) y tengan domicilio fiscal en dichos municipios.

Para el caso de los contribuyentes que no cumplan con estos requisitos, la entidad indicó que deberán pagar su declaración en las fechas previstas en el calendario tributario vigente.

¿Cómo saber si me aplica la medida?

Para verificar si son beneficiarios de la medida, los contribuyentes pueden consultar la casilla 12 del Registro Único Tributario (RUT), donde se identifica la dirección seccional a la que pertenece su domicilio fiscal. De igual forma, las casillas 39, 40 y 41 contienen la información correspondiente al departamento, municipio y dirección principal registrados ante la DIAN.

Por último, la DIAN invitó a los ciudadanos a realizar un aporte voluntario a través de su declaración de renta, con el propósito de apoyar las labores de atención y reconstrucción de los territorios afectados por el terremoto. Para hacerlo, los declarantes deben diligenciar la casilla 141 del formulario 210 (residentes) o la casilla 117 del formulario 110 (no residentes).

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Maria José Castro

Maria José Castro

Comunicadora Social - Periodista con experiencia en investigación, periodismo digital y optimización...

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