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La ley de la música es una realidad en Colombia: ¿En qué consiste? Incentivos y beneficios

Luego de décadas de lucha y muchos intentos de una ley para el sector musical de Colombia, el Proyecto de Ley de la Música pasa a sanción presidencial.

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La Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el Proyecto de Ley de la Música, una deuda histórica con el sector musical de Colombia.

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Esta iniciativa (Proyecto 373 de 2025C / 048 de 2024S) se da por medio de mesas de trabajo y diálogo constante con artistas, gremios, el Consejo Nacional de Música y los ponentes del proyecto, donde se estructuró una iniciativa legislativa que beneficia de manera equilibrada tanto a la industria como a los procesos comunitarios en los territorios.

¿En qué consiste la Ley de la Música?

El proyecto está compuesto por siete capítulos con las siguientes temáticas:

  • Un Fondo Especial para la Música: se crea un fondo exclusivo para financiar proyectos de creación, formación, circulación e investigación musical. Funcionará de manera similar al Fondo de Desarrollo Cinematográfico (FDC), el cual dinamiza al cine colombiano al garantizar que una parte de los recursos que genera la comercialización del sector se reinvierta directamente en el desarrollo de la misma industria.
  • Beneficios económicos por compra de instrumentos: los artistas contarán con exención de IVA para la compra de instrumentos musicales, así como para software y hardware de creación sonora.
  • Facilidades para viajar y trabajar: se establecen reglas claras para que los músicos puedan transportar sus instrumentos en los aviones como equipaje especial sin contratiempos. Además, se promoverán visas especiales para facilitar la movilidad internacional de artistas y personal técnico.
  • Más espacio para nuevos talentos y mujeres: para garantizar la equidad y la diversidad, los festivales que se financien con recursos públicos deberán incluir al menos un 40% de participación de artistas emergentes (no masivos) y mujeres músicas.
  • Reconocimiento a las músicas tradicionales: la Ley dedica un capítulo completo a las músicas vivas y comunitarias, reconociéndolas como manifestaciones esenciales de los territorios y estableciendo incentivos para su protección y divulgación.
  • Reglas claras en derechos de autor: a través del artículo 20, se brindan mayores garantías y transparencia en la gestión de los derechos de autor, tanto individual como colectiva, protegiendo el trabajo y los ingresos de compositores e intérpretes.
  • Decisiones basadas en datos: el Sistema de Información de la Música (SIMUS) adquiere peso de ley, lo que permitirá tener un mejor registro del sector para tomar decisiones y medir el impacto de la inversión pública.

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En entrevista con el programa Dos Puntos, el representante Juan Carlos Losada indicó que: “la música es el ecosistema más importante del país, ahí es donde tenemos un talento que no tiene comparación con nada. Nos copiamos de la ley del cine en la creación de un fondo para la música que tenga dientes, es decir, recursos reales para que los músicos puedan acceder a recursos para diferentes tipos de cosas, desde la formación hasta la circulación musical, circuitos de gira, hasta la grabación”.

¿Quiénes pueden participar?

“La ley es clara: Es considerada música colombiana toda ella que esté hecha por colombianos, independientemente si hacen parte de nuestro folclor o hace parte de folclores extranjeros como es el caso del reggae, esta ley también quiere cerrarle la brecha a un montón de músicas que han estado por fuera de los circuitos comerciales de las emisoras más conocidas del país y demás, y que necesitan incentivos, entre esas las músicas que hemos llamado comunitarias, las músicas folclóricas, las músicas autóctonas y demás”, puntualizó el representante.

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Marylin León

Marylin León

Comunicadora Social y Periodista egresada de la Universidad Santo Tomás. Hace parte de Caracol Radio...

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