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Tribunal de Cundinamarca ratifica nombramiento de Laura Sarabia como embajadora en el Reino Unido

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió una sentencia anticipada de primera instancia en la que ratifica el nombramiento de Laura Sarabia como embajadora en el Reino Unido.

Laura Sarabia. (Foto de Alex Brandon-Pool/Getty Images) / Pool

Laura Sarabia. (Foto de Alex Brandon-Pool/Getty Images)

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió una sentencia anticipada de primera instancia que desestima la demanda de nulidad presentada contra el nombramiento de Laura Sarabia como embajadora de Colombia ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

La decisión fechada el 12 de marzo de 2026 ratifica la legalidad del Decreto 1029 del 29 de septiembre de 2025, por el cual se designó a Laura Sarabia en dicho cargo.

La demanda interpuesta por Carlos Alfaro Fonseca buscaba la nulidad del decreto en mención, argumentando principalmente dos causales: infracción a las normas en las que debía fundarse el acto y la desviación de poder. Entre los puntos clave de la demanda, se señalaba que Sarabia no poseía el dominio comprobado del idioma inglés ni de otro idioma diplomático, no había acreditado un título de posgrado y carecía de la experiencia requerida para el cargo. También se alegaba una supuesta falta de publicación de su hoja de vida.

Según pudo conocer 6AM W de Caracol Radio, el Tribunal analizó detalladamente cada uno de los argumentos. Respecto a la infracción de normas, se determinó que la normativa aplicable para el estudio de legalidad era la Resolución 10142 del 19 de agosto de 2025 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencia Laborales.

En cuanto a la formación académica, el Tribunal encontró que la embajadora Sarabia acreditó un título profesional en Relaciones Internacionales y Estudios Políticos, y una especialización en Marketing Político y Estrategias de campaña, así como una maestría en Comunicación Política.

De acuerdo con el Tribunal, Sarabia acreditó un total de 72 meses y 5 días de experiencia, cumpliendo con el requisito exigido. En lo referente al idioma del inglés, se señaló que la Resolución 10142 de 2025, vigente al momento del nombramiento, no establece dicho requisito.

Por último, sobre la falta de publicidad de la hoja de vida, el Tribunal de Cundinamarca verificó que la publicación se realizó conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015. Esto se realizó tanto en la página web de la Presidencia de la República como en la del Ministerio de Relaciones Exteriores, cumpliendo con los plazos establecidos.

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