Bono pensional 2026: ¿Cuál es la edad mínima para inscribirse en Colombia Mayor y recibirlo?
Conozca aquí las condiciones que deberá cumplir el adulto mayor que esté interesado en postularse al programa que ofrece el gobierno nacional.

Imagen de referencia - adultos mayores y bono pensional. Crédito Getty Images.

En Colombia, el adulto mayor que se encuentre bajo condiciones de pobreza extrema, estado de indigencia o que no cuente con los ingresos suficientes para subsistir; puede postularse al programa ofrecido por el organismo de Protección Social, ‘Colombia Mayor’.
Esto, con el objetivo de preservar y proteger la integridad de los adultos mayores en Colombia, evitando que caigan en una situación de exclusión social procedente de su circunstancia socioeconómica.
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Gracias al decreto legislativo No. 812 del 4 de junio de 2020, esta iniciativa del gobierno nacional es gestionada e impartida por Prosperidad Social, quienes buscan “La inclusión social, la atención a grupos vulnerables y su reintegración social y económica”, menciona el programa en su página web.
¿Qué condiciones debe cumplir la persona que desea postularse en Colombia Mayor?
El ciudadano que esté interesado en aspirar a la iniciativa del gobierno nacional debe cumplir una serie de condiciones para ser aceptado en el programa:
- Ser colombiano
- Contar con mínimo tres años menos de la edad mínima que es necesaria para pensionarse por vejez en Colombia: 54 años para las mujeres y 59 años para los hombres.
- Carecer de rentas o ingresos económicos que sean suficientes para subsistir de manera íntegra, de manera comprobada.
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Este último requisito será medido a través del Sisbén IV, tomando como referencia el nivel de los grupos A, B, C y hasta el subgrupo C1.
¿Cuál es el total de la ayuda entregada por el programa?
Toda persona que sea beneficiaria de ‘Colombia Mayor’ recibirá un total de:
- $80.000 (COP) si es adulto mayor de hasta 79 años.
- $225.000 (COP) si cuenta con 80 años o más.
En Bogotá, el adulto mayor de hasta 79 años recibirá un total de $130.000 (COP) debido a un convenio entre Prosperidad Social y el gobierno nacional con la Alcaldía Mayor de Bogotá.
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¿Cada cuánto es el pago realizado por Colombia Mayor?
La iniciativa del gobierno nacional realiza el desembolso a los adultos mayores de manera mensual, en donde se establece un plazo máximo de diez días hábiles, a inicio de mes, para reclamar la ayuda económica.
Sin embargo, los ciudadanos que hagan parte de municipios específicos recibirán el subsidio cada dos meses. Esto, debido a acuerdos logísticos entre las entidades territoriales y el gobierno nacional.
Conozca la lista de municipios en: prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayor/
¿Cómo es el proceso de inscripción a Colombia Mayor?
Para el adulto mayor que quiera ser beneficiario, deberá acercarse a la alcaldía de su municipio con la cédula de ciudadanía en físico. En donde se realizará el trámite en la Oficina de Atención al Adulto Mayor.
En el caso de Bogotá, se realiza el proceso en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social.
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Una vez allí, el funcionario de la alcaldía encargado de realizar el trámite verifica en bases de datos externas que el adulto mayor cumpla con todos los requisitos establecidos para el ingreso al programa.
Cuando se realiza la verificación, en donde se confirme que el adulto mayor no cuenta con un sustento económico constante y estable, se aplicarán los criterios de priorización, los cuales establecen el orden de asignación de cupos una vez se tengan disponibles.
Esto, según Prosperidad Social, es necesario dado que cada municipio tiene un número de cupos limitados establecidos para el programa de Colombia Mayor.
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¿Cuáles son los criterios de priorización?
Entre los criterios para medir la prioridad de asignación de un cupo al programa ‘Colombia Mayor’, Prosperidad Social evalúa:
- La edad del aspirante.
- De acuerdo a Sisbén IV, estar clasificado en el grupo A (Nivel A1 al 15), grupo B (Nivel B1 al B7), grupo C (Nivel C1) y el listado censal.
- Si el aspirante cuenta con discapacidad física o mental y si presenta minusvalía.
- Personas a cargo del aspirante.
- Ser adulto mayor que vive solo y no depender económicamente de ninguna persona.
- Haber perdido el subsidio al aporte en pensión, por llegar a 65 años y no contar con capacidad económica.
- Pérdida de subsidios por traslados a otros municipios.
- Fecha de inscripción al programa en municipios.
Prosperidad Social avanza con el cumplimiento de la meta del gobierno nacional, que busca beneficiar a 3 millones de personas mayores con el bono pensional, “garantizando su protección social, bienestar y calidad de vida” indica el organismo en su página web.




