¿De cuánto es la sanción por no actualizar el RUT 2026? Valor de UVT por día de retraso
La DIAN actualizó las tarifas de multas por no cumplir con el requisito de mantener el registro tributario al día.

¿De cuánto es la sanción por no actualizar el RUT 2026? Valor de UVT por día de retraso. Getty Images / Focus Pixel Art

El Registro Único Tributario, RUT, es un documento fundamental y obligatorio para las personas que realizan cualquier tipo de actividad comercial en Colombia.
Según la DIAN, el RUT se emplea para identificar y clasificar a las personas según el tipo de actividad que realizan, para determinar así el tipo de obligaciones tributarias que les corresponde según la ley.
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En ese sentido, para el adecuado cumplimiento de todos los requisitos legales en materia de impuestos, es necesario que los contribuyentes mantengan actualizado el RUT, especialmente en casos en los que la actividad comercial haya cambiado.
¿Quiénes deben actualizar el RUT?
Según explica la DIAN, el RUT no pierde vigencia con el tiempo, pero sí debe ser actualizado constantemente, en caso de ser necesario.
La actualización debe reflejar cualquier modificación que altere la actividad comercial del contribuyente. La actualización debe reflejar cambios como el inicio de una nueva actividad o el cese de la anterior.
De igual manera, según el portal Gerencie, también se deben actualizar apartes de la información básica que hayan cambiado, como la dirección y el teléfono. Otros aspectos podrían ser si se adquiere la calidad de agente de retención o si se deja o comienza a ser responsable del IVA.
¿Cuándo se debe hacer la actualización del RUT?
Según el Estatuto Tributario colombiano en su artículo 658-3, el proceso en el RUT se debe adelantar máximo dentro del mes siguiente al momento en el que se produce el cambio que requiere actualización.
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No cumplir con estos plazos u omitir las actualizaciones correspondientes conlleva la posibilidad de hacerse acreedor a multas y sanciones por parte de la DIAN.
¿De cuánto es la multa por no actualizar el RUT?
El hecho de no inscribirse, no actualizar a tiempo, o incluir datos falsos en el RUT produce sanciones económicas por parte de la DIAN, las cuales están expresadas en UVT (unidades de valor tributario).
En 2026, con la UVT definida en $52.374 por la DIAN, además de las sanciones específicas, las multas tendrán los siguientes valores:
No inscribirse en el Registro Único Tributario, antes del inicio de la actividad, si está obligado a hacerlo:
- Clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción.
- Multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina: $52.374 por día.
No actualizar la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización:
- Multa general de 1 UVT por cada día de retraso: $52.374
- La multa sube a 2 UVT ($104.748) por día, si el dato desactualizado es la dirección o la actividad económica.
No exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el RUT, por parte del responsable del régimen simplificado del IVA:
- Multa equivalente a diez (10) UVT: $523.740
Informar datos falsos, incompletos o equivocados, por parte del inscrito o del obligado a inscribirse en el RUT:
- Multa equivalente a cien (100) UVT: $5.237.400




