Bucaramanga

Anulan decreto que impedía vender o ceder negocios de cuatro plazas de mercado de Bucaramanga

Una decisión del Tribunal Administrativo de Santander confirmó que el reglamento interno de las plazas debía ser expedido por el Concejo de Bucaramanga y no por la administración municipal.

Jorge Flórez, concejal de Bucaramanga

Jorge Flórez, concejal de Bucaramanga

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Plazas de mercado

Bucaramanga

El Tribunal Administrativo de Santander declaró la nulidad del decreto municipal 0222 de 2014, mediante el cual la Alcaldía de Bucaramanga había establecido el reglamento interno de las plazas de mercado de la ciudad. Según la decisión de segunda instancia, proferida el 14 de agosto de 2025 con ponencia de la magistrada Claudia Ximena Ardila Pérez, el acto fue expedido por una autoridad sin competencia legal, pues dicha facultad corresponde exclusivamente al concejo municipal.

La demanda fue presentada por el abogado y concejal de Bucaramanga Jorge Edgar Flórez Herrera, quien argumentó que el decreto vulneraba la Constitución Política al invadir competencias del cabildo. Sostuvo, además, que algunas disposiciones del reglamento generaban inseguridad jurídica, al permitir la aplicación simultánea de dos procedimientos sancionatorios sin delimitar su alcance.

El Tribunal precisó que, conforme al artículo 313 de la Constitución, corresponde al Concejo Municipal reglamentar los servicios públicos locales, entre ellos las plazas de mercado. Por tanto, el alcalde no podía establecer un reglamento general mediante decreto.

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¿A cuáles plazas de mercado de Bucaramanga aplica?

La nulidad del decreto tiene efectos retroactivos, lo que implica que se dejan sin efectos todas las actuaciones sustentadas en la norma anulada y se restablece el orden jurídico anterior a su expedición.

La nulidad de este decreto implica que los administradores de las plazas Kennedy, San Francisco, Guarín y la Concordia no podrán quitar puestos, sellarlos con base en ese decreto. Ahora ya no hay decreto en plazas de mercado y lo que debe es pedirse es un acuerdo municipal, o sea, un acuerdo que hace el Concejo de Bucaramanga y que luego si pase a sanción del señor alcalde.

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En la apelación, el municipio de Bucaramanga solicitó aclarar los alcances de la nulidad y revocar la condena en costas impuesta en primera instancia. Argumentó que no había actuado de mala fe ni se opuso a las pretensiones de la demanda.

La magistrada Ardila acogió parcialmente esa solicitud: mantuvo la nulidad del decreto, pero revocó la condena en costas, al considerar que en los procesos de nulidad simple no procede este tipo de sanción, dado que se trata de asuntos de interés público y no de controversias entre partes con intereses particulares.

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Este acuerdo debe garantizar la participación amplia de los usuarios y usuarias, pero además de eso, este acuerdo debe establecer los derechos comerciales de los usuarios en debido proceso y un presupuesto que les permita a las plazas funcionar”, agregó Jorge Flórez, concejal de Bucaramanga.

Con esta decisión, el Tribunal devuelve la competencia normativa sobre las plazas de mercado al Concejo Municipal de Bucaramanga, que deberá expedir una nueva reglamentación que garantice el funcionamiento adecuado de estos espacios públicos.

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