Prohibición de coleos, pelea de gallos y más: ¿existe un punto medio entre lo cultural y la ley?
El derecho animal avanza en Colombia, pero puede llegar a enfrentar desafíos al chocar con “tradiciones”como las corralejas

MEX6620. CIUDAD DE MÉXICO (MÉXICO), 01/12/2024.- El torero mexicano Diego Silveti lidia su segundo toro de la tarde 'Paliacate' este domingo, en la Plaza de Toros México, en la Ciudad de México (México). EFE/ Mario Guzmán / Mario Guzmán (EFE)
Para este 4 de septiembre, la Corte Constitucional ratificó que, la Ley 2385 de 2024, prohibió la práctica de actividades con animales que tengan como fin “entretener” a la gente bajo métodos que infrinjan dolor o sufrimiento a un animal bajo las siguientes condiciones:
- Las corridas de toro
- Rejoneo
- Novilladas
- Peleas de gallos
- Corralejas
Esta decisión que tomó la corte, se hizo con el fin de reforzar y resignificar los derechos de los animales, además, también se busca que, a nivel cultural, se trate con respeto la vida animal.
El abogado y defensor de los derechos de los animales, Luis Gómez, mencionó que si bien los animales cuentan con una serie de garantías —no como la de los humanos, pero parecido—, estas se encargan de que el animal no sufra tratos crueles, pues se puede penalizar cuando alguien ejerce actos violentos que provoquen sufrimiento.
Asimismo, dijo que el derecho de los animales comenzó a introducirse en Colombia a partir de 1972 con la creación de la junta de defensores de animales:
Escucha
01:40
Compartir
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
Lea también: Corte Constitucional prohíbe los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos en Colombia
¿Qué se entiende por derecho animal?
“Entendemos como derecho animal todo un cuerpo normativo que ha venido especializándose en ver a los animales como individuos beneficiarios de un estándar de respeto por parte de la sociedad”, explicó Gómez.
Esto quiere decir que, se busca que dentro de un cuerpo de normas, se le garantice a los animales que, como sociedad, se les respete bajo un ordenamiento jurídico, que, en este caso, se basa en la Ley 2385 del 2024.
Por otro lado, se puede llegar a comparar el derecho de los animales con el derecho ambiental, ya que se le considera al medio ambiente como un grupo, y no como individuo; así mismo, pasa con la vida animal, se le ve como una agrupación.
Si bien se han ajustado cosas en materia legal junto a la Ley Kiara, que regula el acompañamiento de animales y entre otras, es relevante destacar que gracias a esta nueva sanción por parte de la Corte Constitucional, se ha logrado prohibir prácticas como el coleo y las corralejas. Sin embargo, hay un debate extenso en si es una práctica cultural y no de maltrato dentro de lo que se cree que es “una tradición”.
Cultura y protección animal
Luis Gómez manifestó que el hecho de tener presente lo cultural en cuanto a estas prácticas que se creen que son tradiciones, es importante tener en cuenta que no se puede justificar el sacrificio de un animal ante miles de espectadores como “cultura” o “entretenimiento”.
“Con la moral que tenemos actualmente, nos damos cuenta de que maltratar a un animal simple y llanamente por mantener una expresión cultural resulta inmoral, insostenible y, por tanto, inconstitucional”, aseguró Gómez, dando a entender que no tendría sentido que existiera una Ley que regule el maltrato animal si se siguen permitiendo estas acciones.
La importancia de esta sanción es la protección de la vida de los animales y de reconocer que el sufrimiento de un animal, nunca justificará el que haya una tradición, así que no hay un punto medio.
Otras noticias: El Estado ya no podrá evadir su responsabilidad de garantizar los derechos de los animales



