No gana una el alcalde de Tunja en el Consejo de Estado. Le negaron nulidad y pruebas solicitadas
La magistrada que lleva el caso le advirtió al abogado del alcalde sus constantes acciones para dilatar el proceso

En los próximos días podría darse el fallo del Consejo de Estado. Foto | Alcaldía Mayor de Tunja
Tunja
La magistrada de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Gloria María Gómez Montoya rechazó de plano la solicitud presentada por el abogado del alcalde, Mikhail Krasnov, Gonzalo Ramos Rojas quien había pedido la nulidad de lo actuado a partir del 23 de junio porque según él se había hecho la notificación para que la Procuraduría rindiera su concepto un día festivo, sin embargo recuerda la magistrada al abogado que, el artículo 135 del Código General del Proceso, dispone que, “la parte que alegue una nulidad deberá tener legitimación para proponerla, expresar la causal invocada y los hechos en que se fundamenta, y aportar o solicitar las pruebas que pretenda hacer valer”.
El último inciso de la misma norma prevé que “el juez rechazará de plano la solicitud de nulidad que se funde en causal distinta de las determinadas en este capítulo o en hechos que pudieron alegarse como excepciones previas, o la que se proponga después de saneada o por quien carezca de legitimación”.
En este caso, recuerda la magistrada, “la procuradora séptima delegada rindió concepto dentro de la oportunidad legal, es decir que el apoderado del señor Mikhail Krasnov no está legitimado para elevar una solicitud de nulidad por indebida notificación al Ministerio Público”, por lo que la misma se rechazará de plano.
En cuanto a la solicitud de pruebas sobrevinientes que hizo el abogado del alcalde advierte que, “las pruebas de oficio se encuentran reguladas en el inciso 2° del artículo 213 de la Ley 1437 de 2011 donde se establece que, oídas las alegaciones el Juez o la Sala, sección o subsección antes de dictar sentencia también podrá disponer que se practiquen las pruebas necesarias para esclarecer puntos oscuros o difusos de la contienda y como lo dispone la norma, es una atribución del juez que no puede tener origen en una solicitud de parte para justificar su inactividad en el curso del proceso, frente a los medios de convicción que debió solicitar en las etapas que la ley señala, por lo que no puede invocarse para subsanar omisiones probatorias de los sujetos procesales”.
La magistrada de la Sección Quinta, Gloria María Gómez Montoya le reitera al apoderado del alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov, abogado Gonzalo Ramos Rojas, “las consideraciones del auto del 2 de julio del 2025, en lo que hace al mandato consagrado en el artículo 295 de la Ley 1437 de 2011, que contiene las consecuencias de las peticiones impertinentes y de los recursos improcedentes, los cuales serán considerados como formas de dilatar el proceso”.
Esto por los lados del Consejo de Estado en relación con la demanda de nulidad electoral que cursa contra el alcalde Mikhail Krasnov, mientras que, por los lados de la Fiscalía, Caracol Radio conoció que el 28 de julio a las 3 de la tarde será la audiencia de imputación de cargos por interés indebido en la celebración de contratos.
El 14 de julio será imputada por el mismo delito, la exgestora social de Tunja, Sara Catalina Pedraza, el jueves 17 a las 4 de la tarde el turno será para el abogado, Juan Sebastián Ramírez García que recibió un contrato del alcalde de Tunja unos días después de que este abogado retirara una demanda de nulidad electoral que había interpuesto contra Krasnov en el Tribunal Administrativo de Boyacá.
Recordemos que ya fue imputado Eduardo Ernesto Camargo Rodríguez, quien para el momento de los hechos se desempeñaba como gerente de Ecovivienda, pero que salió del cargo en marzo de este año. Ellos no serán los únicos judicializados, pues se espera que por lo menos otras dos funcionarias serán llamadas a responder por estos hechos.



