Justicia

¿Qué pasará con ministros que firmaron ‘Decretazo’ si se declara nulo?, expertos explican escenarios

La suspensión provisional del decreto de la Consulta Popular reabre el debate jurídico sobre si sus firmantes, incluidos ministros del gabinete Petro, podrían enfrentar consecuencias penales si se declara su nulidad.

Decretazo de Consulta Popular y Ministros de Gustavo Petro

Decretazo de Consulta Popular y Ministros de Gustavo Petro

El escenario político y jurídico en Colombia sigue tensionado tras la decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el Decreto 0639 de 2025, con el que el presidente Gustavo Petro pretendía convocar a una consulta popular nacional para el 7 de agosto. La medida cautelar fue adoptada por considerar que no se obtuvo el concepto previo favorable del Senado, exigido por la Constitución.

A raíz de esta decisión, que podría culminar en la nulidad definitiva del decreto, ha surgido una pregunta clave: ¿pueden ir a la cárcel los ministros y funcionarios que lo firmaron? ¿Podrían ser investigados por delitos como el prevaricato si se confirma que actuaron contra la ley?

Caracol Radio consultó con abogados constitucionalistas para analizar los escenarios jurídicos que se abren si el decreto es declarado nulo en el fallo de fondo.

“No basta con que un acto sea nulo para que haya delito”

El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry fue claro al señalar que la nulidad de un acto administrativo no implica automáticamente la comisión de un delito como el prevaricato por acción.

“Muchos actos administrativos se declaran nulos y las personas que los firman no están incursas en delito. Para que exista esa posibilidad se necesita que haya una intención manifiesta de violar el orden jurídico”, explicó.

Charry consideró que, aunque el Gobierno adoptó una posición jurídica muy cuestionable, esta se fundamenta en una interpretación legal, por lo cual sería difícil probar que hubo dolo o intención de transgredir la Constitución.

“Tienen una tesis jurídica que yo considero equivocada y fuera de contexto, pero pueden alegar que su intención no era violar la ley sino interpretar una norma. Para que haya responsabilidad penal, debe probarse esa intención dolosa, y eso en este caso no parece evidente”, añadió.

Existe la posibilidad de configurar prevaricato

Para el también constitucionalista Gonzalo Ramírez, la situación sí podría abrir la puerta a investigaciones penales si se confirma la ilegalidad del decreto.

“Obviamente hay delitos que pueden ser imputables. Entre ellos el prevaricato, por haber expedido un acto administrativo que va en contra de la ley”, afirmó.

Ramírez aclaró que, si bien un proceso penal requiere pruebas sólidas y análisis técnico, la firma del decreto sin cumplir con los requisitos constitucionales sí podría activar responsabilidades, sobre todo si se demuestra que los funcionarios actuaron sabiendo que violaban una norma clara, como lo es el artículo 104 de la Constitución.

Consejo de Estado suspende decreto

La Sección Quinta fue enfática al señalar que, según la lectura del artículo 104 de la Constitución y las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, el concepto previo y favorable del Senado es un requisito obligatorio para convocar al pueblo en una decisión de trascendencia nacional. En este caso, ese aval no existió.

En consecuencia, la corporación decidió suspender el decreto mientras toma una decisión de fondo. Con ello, se detienen todos los trámites preparatorios de la jornada electoral del 7 de agosto de 2025.

“Se logró demostrar, en esta inicial etapa del proceso, la infracción de disposiciones constitucionales y legales, que imponen la necesidad de contar con el concepto favorable del Senado”, indicó el Consejo de Estado.

Por ahora, no existe una investigación penal formal contra los ministros que suscribieron el decreto. Sin embargo, si el Consejo de Estado lo declara nulo en el fallo de fondo, se abriría la puerta a eventuales investigaciones disciplinarias, fiscales o incluso penales, dependiendo de si se demuestra que hubo mala fe, dolo o conocimiento previo de la inconstitucionalidad del acto.

Ministros de Colombia que NO firmaron el decreto

Esto son los ministros titulares que NO firmaron el “decretazo” que convoca la consulta popular :

  • Laura Sarabia: Ministra de Relaciones Exteriores (en su lugar firmó la ministra encargada Rosa Yolanda Villavicencio Mapy).
  • Edwin Palma: Ministro de Minas y Energía (en su lugar firmó el ministro encargado José Luciano Sanín Vásquez).
  • Lena Yanina Estrada: Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en su lugar firmó el ministro encargado Christian David Díaz Bulla).
  • Eduardo Montealegre: Designado ministro de Justicia (no ha tomado posesión del cargo, por lo que firmó el ministro encargado Augusto Alfonso Ocampo Camacho).

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