Juzgado ordena a colegio público de Chiquinquirá admitir a 13 estudiantes que les negó el cupo
El Juzgado Tercero Penal Municipal de Chiquinquirá falló a favor de un grupo de menores que habían sido rechazados por el Colegio Técnico Comercial Sagrado Corazón de Jesús

El rector del colegio les negó el cupo sin razón alguna. Foto | Rodolfo Munévar
Chiquinquirá
El caso se conoció el pasado lunes 20 de enero, cuando el personero de Chiquinquirá, Carlos Ernesto Fajardo Castiblanco, realizó una visita de control al Colegio Técnico Comercial Sagrado Corazón de Jesús en el marco de la supervisión del Plan de Alimentación Escolar. Sin embargo, al llegar a la institución, se encontró con una fila de padres y estudiantes que esperaban solicitar cupos para el año lectivo 2025.
«Me sorprendió ver una fila que le daba la vuelta a la manzana. Al preguntar, me dijeron que estaban allí para pedir cupo, lo que me generó inquietud porque ninguna institución pública puede negar ese derecho», relató Fajardo en Caracol Radio.
Tras conversar con algunos padres, el personero descubrió que la institución les había negado la matrícula sin argumentos legales claros. «Les dijeron que debían acudir a otras cinco instituciones educativas públicas de Chiquinquirá, pese a que muchos de estos niños viven en barrios cercanos como La Pola, Versalles y San Carlos, y sus familias no tienen recursos para costear transporte», explicó.
El personero intentó comunicarse con el rector del colegio, Luis Alejandro Maldonado, para advertirle que negar el acceso a la educación constituye una violación del Código de Infancia y Adolescencia, el cual establece sanciones para este tipo de casos. «La respuesta fue negativa. El rector argumentó que esta práctica ha sido una tradición en Chiquinquirá, pero que algo se haya hecho siempre no significa que sea legal o correcto», enfatizó Fajardo.
Ante la falta de soluciones, se interpuso una acción de tutela que obtuvo el respaldo de la Secretaría de Educación de Boyacá. «Agradezco a Clinton René Sánchez, asesor jurídico de la Secretaría, quien dejó claro que no había ningún motivo para negar los cupos y que el colegio debía recibir a los menores”, destacó el personero.
Además, la Secretaría de Educación de Boyacá evidenció que el colegio tenía capacidad para admitir a los estudiantes, ya que el número de matriculados en el 2025 era inferior al del año anterior. «El sistema Simat reportó 1.700 estudiantes en el 2024 y solo 1.400 en el 2025. Es evidente que había cupos disponibles», agregó Carlos Fajardo.
El fallo del Juzgado Tercero Penal Municipal de Chiquinquirá ordena al Colegio Sagrado Corazón de Jesús garantizar el cupo y formalizar la matrícula de los estudiantes en un plazo de 48 horas. “Esta decisión reafirma que el derecho a la educación es fundamental y no puede ser vulnerado por prácticas administrativas arbitrarias”, concluyó el personero Carlos Fajardo, quien aseguró que continuarán vigilantes para que se cumpla la sentencia y se respeten los derechos de los menores.