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¿Qué se necesita para cambiarse de AFP? Desde y hacia Colpensiones: Trámite explicado

Los requisitos para realizar un traspaso pueden variar dependiendo del régimen al que desea trasladarse y de su situación particular. Le explicamos

Traslado a Colpensiones. Imagen de referencia vía Getty Images

Traslado a Colpensiones. Imagen de referencia vía Getty Images

En Colombia, el sistema de pensiones está compuesto por dos regímenes: el de AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) privadas y el de Colpensiones, que es el régimen público.

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Las AFP son sociedades anónimas que se encargan de administrar las pensiones obligatorias y las cesantías de los trabajadores colombianos. También ofrecen pensiones voluntarias. Algunas AFP son: Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia.

En Colombia, todos los afiliados al Sistema General de Pensiones tiene derecho al traslado pensional, es decir que pueden trasladarse desde cualquier fondo privado hacia Colpensiones, o viceversa. No obstante, los requisitos para realizar un traspaso pueden variar dependiendo del régimen al que desea trasladarse y de su situación particular.

¿Qué se necesita para cambiarse de AFP?

Si desea cambiarse de una AFP a Colpensiones o, por el contrario, desea pensionarse con un fondo privado en Colombia, hay ciertos requisitos y pasos que debe seguir.

Lo primero que hay que aclarar es que con la aprobación de la reforma pensional de gobierno de Gustavo Petro, que empezará a regir desde el 1 de julio de 2025, las reglas del sistema pensional cambiarán, ya que se estableció un Régimen de Transición para quienes ya hayan cotizado un número mínimo de semanas. Esto quiere decir que el nuevo sistema no aplica para todos.

El régimen de transición será para aquellas personas afiliadas que, a la entrada en vigencia de la ley cuenten con 900 semanas si son hombres o 750 semanas si son mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en la Ley 100 de 1993. El cambio de las reglas de juego es para quienes no han logrado ese tiempo de cotización.

Conviene mencionar que, el sistema respetará los derechos adquiridos, por lo que las personas pensionadas continuarán en las mismas condiciones.

Otra modificación que introdujo la reforma será el tiempo límite de traslado, pues los trabajadores que cumplan con las semanas cotizadas y tengan menos de 10 años para pensionarse, podrán trasladarse de régimen en los dos años siguientes a la promulgación de la ley.

A continuación, le dejamos lo que debe saber para hacer el traslado de régimen dentro de los plazos establecidos por la ley.

Recuerde que antes de hacer el cambio, deberá revisar cuántas semanas de cotización tiene y si cumple con los requisitos. Puede hacerlo a través de la página web de Colpensiones o de la AFP en la que se encuentra actualmente.

Traslado a AFP a Colpensiones

  • Realizar la Doble Asesoría con el fondo actual y con Colpensiones.
  • Registrarse en el portal de Colpensiones.
  • Estar a menos de 10 años de la edad de pensión (47 años para las mujeres y 52 años para los hombres).
  • Tener al menos 750 semanas cotizadas si se es mujer y 900 semanas si se es hombre.
  • Solicitar una cita con la administradora de fondos de pensiones a la que se quiere trasladar. La cita puede ser presencial o virtual.
  • Una vez que ha solicitado el cambio, Colpensiones revisará la solicitud y validará que cumpla con los requisitos para el cambio de régimen. Si todo está en orden, se aprobará su solicitud.
  • Una vez aprobada la solicitud, las semanas que haya cotizado en la AFP privada se trasladarán a Colpensiones, para ser parte de su historial de cotizaciones dentro del sistema público. Después de este trámite, su pensión estará bajo el régimen público.

Traslado de Colpensiones a fondo privado

  • Solicitar una “doble asesoría” con Colpensiones y con la AFP a la que se quiere trasladar. Esta asesoría brinda información relevante para definir el régimen pensional al que se desea trasladarse.
  • Cumplir con los requisitos, que son:
    -Tener como mínimo 5 años de afiliación en el régimen actual
    -No faltar menos de 10 años para cumplir la edad de pensión
  • Acudir al fondo seleccionado y solicitar el traslado. Para ello, se debe llenar el formulario de solicitud y presentar la cédula de ciudadanía.
  • La respuesta al trámite se puede recibir en cualquier punto de atención Colpensiones o a través de la página web.

Doble Asesoría para trasladarse

Hacer la doble asesoría para el traslado de régimen es un requisito indispensable. Si no la ha realizado, prográmela aquí.

Esta asesoría se realiza por medio de una llamada donde se resolverán las inquietudes, para esto la persona debe suministrar su contacto personal y ambos fondos tendrán hasta 20 días para realizar la asesoría personalizada.

Los asesores deben brindar la siguiente información:

  • Condiciones sobre la mesada mensual a la que tendría derecho y sus requisitos.
  • Un valor estimado de la mesada que podrá recibir según las cotizaciones que ha hecho en su vida         laboral.
  • Información sobre otras formas de pensiones como lo pueden ser pensión familiar, invalidez, vejez, entre otras.
  • En caso de arrepentirse sobre el cambio de régimen, tiene 5 días hábiles para acercarse a la entidad en la cual hizo la solicitud.

Una vez se reciba la información de los fondos de pensiones y tome la decisión de a cuál de ellos se va a trasladar, deberá acudir al fondo seleccionado solicitar el traslado llenando el formulario de solicitud y presentado la cédula de ciudadanía.

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