Economía

¿Qué pensionados tienen derecho a la prima de diciembre y cuándo la pagan?

La prima de Navidad para pensionados, también conocida como “mesada 13″ equivale a un mes de pensión y aplica para estas personas:

Pensionados que reciben prima en Navidad. Imagen de referencia vía Getty Images

Pensionados que reciben prima en Navidad. Imagen de referencia vía Getty Images / Hispanolistic

La prima de Navidad para pensionados en Colombia, también conocida como “mesada 13″, es un ingreso extra que se paga en diciembre como parte de sus derechos establecidos por la ley. Este beneficio equivale a un mes de pensión y aplica a todos los pensionados afiliados a Colpensiones y fondos privados en el país.

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La mesada 13 se creó con la ley 4 de 1976 y está regulada por el artículo 50 de la Ley 100 de 1993. De acuerdo con lo establecido, esta prestación social se trata de un reconocimiento a las necesidades de las personas a lo largo del año y para recibirla solo es necesario estar jubilado o pensinado, ya sea en un fondo público o privado.

En Colombia, los requisitos actuales de edad y semanas cotizadas para pensionarse varían de acuerdo al regimen pensional. En el caso de Colpensiones, las mujeres deben tener 57 años y haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas (aproximadamente 26 años). Los hombres deben tener 62 años y cumplir con el mismo número de semanas cotizadas.

Para los fondos privados bajo el régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) se mantiene la edad de pensión, pero el requisito es de un mínimo de 1.000 semanas cotizadas para las mujeres y 1.150 para los hombres.

Recordemos que, con la aprobación de la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, a partir del 2025 las mujeres verán una reducción gradual en las semanas cotizadas necesarias hasta llegar a 1.000 en 2036. Como medida especial, por cada hijo que tengan se les descontarán 50 semanas.

¿Cuándo pagan la prima navideña de pensionados?

Para este año con el aumento del salario mínimo y el IPC, se incrementó el valor de la mesada de los pensionados del país. Quienes reciben una mesada equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) han obtenido un incremento del 12,07%, en cambio, para quienes reciben más de ese valor mínimo el incremento fue del 9,28% en el pago de la pensión.

Es importante tener en cuenta que este reajuste se realiza anualmente, con el fin de que las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución o sobreviviente, en cualquiera de los dos regímenes, mantengan su poder adquisitivo constante.

En ese sentido, la prima navideña de pensionados se calcula con base en la última mesada pensional y varía del monto de la pensión de cada persona. En ningún caso, la mesada 13 deberá ser inferior a un SMMLV, ni superar la cantidad equivalente a 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Si al aplicar este porcentaje, el monto de la mesada pensional queda por debajo del salario mínimo, esta se incrementará a $1.300.000 (monto del salario mínimo en 2024 fijado por el Gobierno nacional).

Ahora bien, según señala el artículo 50 de la ley 100 de 1993, la prima para pensionados en Navidad se deberá pagar durante los primeros 15 días del mes de diciembre: “los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión”.

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