Delitos sexuales, rebajas de penas y topes electorales, entrarían en Reforma a la Justicia
Esos son los borradores que entrarían para ser evaluados por la Comisión de la Justicia, la cual es la encargada de determinar que proyectos de ley serán radicados en el Congreso, para la reforma que se avecina.
Bogotá
Esta semana un panel de expertos en el sistema judicial han evaluado y debatido, diversos borradores que esperan transformarse en proyecto de ley cuando inicie la próxima legislatura, el 20 de julio. Por ejemplo temas como Justicia inclusiva, Asuntos penales y penitenciarios, así como Reformas procesales y judiciales, ya entraron como borradores.
Pero hay otros temas como el que compete con los delitos graves, rebajas de penas y la carcelación, que aún tienen mucho debate por tomar; referente a ello el ministro Néstor Osuna, enfatiza que toda la respuesta la tiene el criterio de la Comisión de Expertos y dentro sobresalgan coincidencias, como por ejemplo la de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, de la Fiscalía General de la de mayor parte de penalistas, con el tema del sistema penal acusatorio y su operatividad que comenzó a tener trabas desde 2004, año que se inauguró.
Trabas que no tendría con los mecanismos de allanamientos a cargos, colaboración con la justicia, rapidez de la imposición de las penas a cambio de beneficios, que para el gremio se le puede llamar ‘justicia negocial o premial’.
No a la premisa: para unos delitos sí y para otros no
El jefe de la cartera sostiene con criterio, que tiene previsto que en las propuestas de reforma puede entrar que por ejemplo, de la información que suministre una persona capturada o sindicada, el fiscal del caso junto con el juez de control de garantías, lleguen a un acuerdo con este, descubrir dónde están los bienes, las rutas y así desmantelar toda la estructura criminal ofreciéndole una condena anticipada sin la necesidad temporal de ir a juicio
Ver también...
“No es que esté contemplado para unos delitos sí y para otros delitos no, la idea es que las atribuciones del fiscal y del juez vuelvan a ser plenas como lo eran en el sistema penal acusatorio original del año 2004″, reiteró.
De llegar a ser así, ¿Qué ocurriría con los delitos sexuales contra menores?
El ministro Osuna, sostuvo que en ese aspecto e incluso con los delitos sexuales dentro del conflicto, el sistema tiene un gran problema de impunidad, sobre todo al llegar a los juicios, porque la prueba se puede perder, o llegan las prescripciones que a la postre genera impunidad. “Si logramos una condena mucho más pronta, certera, con una pena de cárcel que siempre será una pena de muchos años de cárcel, pero además gracias a la colaboración que prestó el sindicado podemos desarticular una red, podemos reparar a la víctima, podemos recuperar el dinero, si es que hay dinero pues podrá aplicarse ese premio”.
Pero, sí se está ante un caso de un delito individual, donde no haya nada que aportar, los jueces y fiscales no verán ningún beneficio para otorgar y aplicar penas máximas, el ministro de Justicia, sostiene que si se puede “destrabar el sistema acusatorio y eso es lo que queremos hacer, no queremos ser benéficos con nadie, queremos es que no haya impunidad y que haya sanciones rápido, no que aunque haya, digamos, la amenaza de 50 años de pena, a los 6 años resulta que las pruebas se difuminaron, vencieron los términos, la persona salió libre y finalmente no hubo castigo adecuado.”.
La justicia ante los topes de campañas electorales
Ante lo que ha generado la determinación de la Corte Constitucional, que el Consejo Nacional Electoral si es competente para investigar los topes de campaña de ‘Petro Presidente’ y no el Juzgado 21 Administrativo del Circuito de Bogotá, ni el Juzgado 29 Civil del Circuito de Bogotá, pueden investigar la financiación de la campaña presidencial; el ministro de Justicia, recalca que son muchos los tribunales que piden competencia ya sea por acciones populares, y que ante ello el Gobierno debe sí o sí, acatar toda sentencia judicial.
Ver también...
Pero sí la discusión es entre órganos administrativos o un tribunal, el ministro se mantiene que la respuesta está en la misma Constitución y lo que respecta al fuero presidencial es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. “Hay un fuero, que es el presidencial, en virtud del cual por medio de su comisión y luego del Pleno, tienen la facultad de acusar al presidente de la República. Nadie más. Y hay jurisprudencia de muchos casos, no referidos al actual presidente Petro, sino referidos a épocas anteriores, a personas que tenían fuero, en el que ha sido claro, hasta para una simple multa”.
Lo anterior, incluso abogando que la institucionalidad no entre en una guerra o estrategia jurídica de oposición, como es conocida en el mundo anglosajón ‘Lawfare’, pero los riesgos son demasiados, y en América Latina ya se han visto estos casos, que desgastan la justicia.
Estas apreciaciones la realizó el ministro Néstor Osuna, luego de participar en el evento ‘Justicia Constitucional en Contextos de Conflicto’, organizado por la Corte Constitucional en la Universidad de Los Andes.