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¿Qué pasa con la herencia de una persona que no tuvo hijos?

Entérese cómo transcurre la línea sucesoria en la jurisprudencia colombiana en el caso de las personas que no tuvieron descendencia.

¿Qué pasa con la herencia de una persona que no tuvo hijos? imagen de referencia: Getty Images

¿Qué pasa con la herencia de una persona que no tuvo hijos? imagen de referencia: Getty Images

La herencia es un tema de gran importancia en el ámbito legal, ya que implica la transmisión de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus sucesores legales. En Colombia, este proceso está regulado por el Código Civil Colombiano y ha sido objeto de diversas interpretaciones jurisprudenciales.

En el caso de las personas que fallecen sin dejar descendencia existen una serie de disposiciones incluidas en el Código Civil que determinan quiénes son los beneficiarios de los bienes en herencia, en lo que se suele conocer como la línea sucesoria.

¿Quién recibe la herencia si la persona no tuvo hijos?

Cuando una persona fallece sin dejar hijos ni testamento, sus bienes corresponden a sus ascendientes de grado más próximo, es decir, a sus padres, sean adoptivos o biológicos, y a su cónyuge, como lo referencia la universidad de La Sabana.

En estos casos, la herencia debe repartirse en partes iguales, de común acuerdo entre ellos.

Según el mismo texto publicado por la institución educativa, si no hay un testamento, los herederos pueden acordar la distribución de los bienes y adelantar el proceso de partición ante un notario.

Si hay desacuerdo entre los herederos para repartirse los bienes, estos deberán presentarse ante un tribunal para que se defina esa repartición de la herencia.

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En caso de que no haya hijos que reclamen la herencia, entonces se debe buscar al familiar más cercano para que la obtenga.

Según una guía sobre las Herencias en Colombia elaborada por Conceptos Jurídicos, después de los hijos del causante, si los hubiere; los padres son los siguientes en línea para heredar. En tercer lugar, están los hermanos e incluso los hijos de los hermanos, o sea los sobrinos y en cuarto lugar el cónyuge.

De no existir ninguno de ellos, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) sería el beneficiario.

Es importante destacar que al aceptar una herencia, también se asumen todas las deudas del fallecido. Si alguien no quiere asumir el compromiso de pagar las deudas, también puede rechazar la herencia. En ese caso, no recibe ni las deudas ni los bienes.

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