Justicia

Magistrada Villamizar conserva expediente del río Bogotá y toma nuevas decisiones

El Consejo de Estado determinó que la togada es la competente para manejar la sentencia.

Río Bogotá. Cortesía: Mariano Vimos, Colprensa.

Río Bogotá. Cortesía: Mariano Vimos, Colprensa.

Caracol Radio había revelado la carta en donde la magistrada Nelly Villamizar, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, pedía al Consejo de Estado que el expediente sobre la descontaminación y recuperación del río Bogotá fuera asignado a otro despacho.

En ese documento denunciaba sabotaje a sus decisiones y presiones de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, la Alcaldía de Claudia López y el Ministerio de Ambiente en el escándalo por los retrasos en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) del Salitre II.  

La solicitud de renuncia de la magistrada se conoció días después de que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial le abriera una investigación por, presuntamente, favorecer con sus decisiones al contratista de la PTAR Salitre.

Pues bien, el Consejo de Estado no aceptó la renuncia y le ratificó ese expediente. Primero, dice que el caso es competencia de la magistrada Villamizar y, segundo, no está inmersa en recusaciones.

“De la disposición transcrita se colige que el legislador previó un procedimiento especial para verificar y garantizar el cumplimiento de la sentencia, cuya competencia funcional recae en el juez de primera instancia. En consecuencia, en atención a que el artículo 16 del Código General del Proceso dispone que la competencia por factor funcional es improrrogable, no resulta procedente reasignar el proceso a otra autoridad judicial”, dijo el alto tribunal.

“Con fundamento en lo anterior el Despacho se abstiene de impartir trámite alguno a la solicitud elevada, por lo que la citada Magistrada deberá continuar con el conocimiento del asunto”, concluyó.

Nuevas decisiones de la Magistrada Villamizar

El Acueducto de Bogotá contrató al consorcio NHB por un valor de 7 mil millones de pesos con el fin de apoyarlo y asesorarlo técnica, ambiental, legal y financieramente para recibir la operación de la fase II de la PTAR Salitre, de 1.5 billones de pesos.

Según el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, indicó que esa empresa debió declararse inhabilitada para realizar el peritaje de la obra, porque en el año 2009 ya había participado en la primera etapa del proyecto y no podía volverlo a hacer.

De hecho, ya se había asignado a la Sociedad Colombiana de Ingenieros para realizar esa labor por un valor de 600 millones de pesos. Para el Tribunal, se puede considerar como un favorecimiento por interés directo, o indirecto.

Por eso, compulsó copias a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que investigue presuntas irregularidades y dilación del proceso por parte de los abogados del Acueducto y el Consorcio y ratificó que esa empresa está inhabilitada para hacer el peritaje.

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