Justicia

Las razones de la magistrada Villamizar para dejar expediente del río Bogotá

Caracol Radio tuvo acceso a un documento de 22 páginas en el que la togada pide ser reasignada.

Abren investigación a la magistrada Nelly Villamizar por la PTAR Salitre

Abren investigación a la magistrada Nelly Villamizar por la PTAR Salitre

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Magistrada Nelly Villamizar. Cortesía

La investigación que abrió la Comisión Nacional de Disciplina Judicial el pasado lunes 25 de julio, por supuestamente emitir fallos sobre la PTAR Salitre a favor del contratista, llevaron a la magistrada Nelly Yolanda Villamizar a tomar la decisión de retirarse del expediente que ordena descontaminar y recuperar el río Bogotá.

La togada fue notificada el martes 26 de julio y apenas dos días después redactó una dura carta dirigida a la Sala Plena del Consejo de Estado, que está en poder de Caracol Radio, en donde anuncia su retiro de una sentencia histórica emitida en el año 2004, del que ella misma fue ponente, ordenando a 75 entidades públicas, a las autoridades de la cuenca de los 45 municipios y al Distrito Capital de Bogotá, recuperar y descontaminar el rio por verter las aguas residuales sin tratarlas.

En manos de Caracol Radio está el documento de 22 páginas, en donde la magistrada Villamizar defiende a capa y espada las decisiones judiciales de los últimos años, en los cuales se han dictado 146 incidentes de desacato, algunos de estos en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) Salitre, una obra de 1.5 billones de pesos que está en riesgo de parálisis por falta de mantenimiento de equipos y posible mala operación del Acueducto de Bogotá.

Enfatiza que todas las decisiones emitidas por su despacho han sido fundamentadas en las pruebas que las partes del contrato han allegado al expediente.

Pagos de la CAR al contratista por la PTAR Salitre

La orden de la magistrada a la Corporación Autónoma Regional (CAR) de Cundinamarca de pagarle al Consorcio Expansión PTAR Salitre (CEPS) el valor de la ampliación de la PTAR del Salitre, pese a las deficiencias evidenciadas, generó malestar hasta en el Gobierno electo de Gustavo Petro.

“Denuncio que la magistrada Nelly Yolanda Villamizar, en uso de su poder judicial y sin que se dé el cumplimiento de los términos del contrato PTAR SALITRE; ordenó a la CAR efectuar pagos de lo no recibido, y le impide accionar las cláusulas contractuales de incumplimiento”, dijo la ministra de Ambiente designada, Susana Muhamad.

La Procuraduría General, de hecho, impugnó la decisión de la magistrada, calificándola de “desafortunada y alejada del ordenamiento jurídico”. El Ministerio público consideró que la juez de los derechos colectivos no tiene competencia para pronunciarse y resolver asuntos sobre el cumplimiento de obligaciones contractuales.

En la carta en la que la magistrada anunció su retiro del expediente, denuncia “que se quiere falsear la verdad del proceso por parte del Acueducto, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, y la ministra de Ambiente designada Susana Muhamad”.  

Sobre el tema de los pagos que debe hacer la CAR, dice que el interventor IVK expidió el certificado en la que no se objetaron las obras ejecutadas de la PTAR Salitre por parte de la CEPS, es decir, que no hubo reparos y están funcionando, por lo que el valor a pagar ascendería a la suma de 117 mil millones de pesos.

“En ese orden, debó recabar y resaltar, que, tratándose de un contrato de llave en mano, lo único que se debe pagar es lo que se ha ejecutado y no fue objetado por IVK, situación que, ha sido objeto de debate en el proceso con abuso del derecho por parte de la Procuraduría General de la Nación”, dice la magistrada.

Y como no lo han cumplido le están falseando a Colombia entera que estoy excediendo mis competencias por cuanto no las tengo para revisar el cumplimiento del contrato, poniendo mi derecho fundamental al buen nombre en el ojo del huracán de los medios de comunicación”, dice la carta.

La togada Villamizar dice que el Ministerio Público ha desconocido de manera reiterada la competencia de su despacho para revisar el contrato “a la luz de la salvaguarda de los derechos colectivos protegidos en la sentencia de esta acción popular, acusándome de un supuesto abuso de autoridad, prevaricato y corrupción de favorecer a un contratista incumplido”.

A ese respecto, la magistrada informa sobre presunto abuso del derecho por parte de Alba Rocío Ávila, procuradora delegada para asuntos ambientales y agrarios dentro de la presente acción popular.

Dice la togada que esa funcionaria está “interponiendo recursos tras recursos, solicitando adiciones y aclaraciones, lo cual merece que se investigue disciplinariamente”. Considera que se está restando de manera absoluta la autonomía judicial y afectando gravemente las garantías procesales.

Asegura que las decisiones adoptadas únicamente responden a la verdad procesal y reitera que se pretende desconocer el derecho al agua y su amor por el río que, dice la magistrada, se debe prestar una pronta y cumplida justicia.

Igualmente, dice que se le cuestionan sus rápidas actuaciones judiciales, pero, le dice la magistrada al Consejo de Estado, se debe entender que “el Río Bogotá ha sido contaminado por más de 60 años por los habitantes de la sabana y el distrito capital, así como, por el Acueducto”.

Por eso, se retira y solicita que la reasignen. “Por tanto, en procura de las anteriores peticiones que el Consejo de Estado en su sabiduría debe examinar, de manera respetuosa solicito se proceda a reasignar este proceso que es muy complejo no solo desde el punto de vista jurídico sino técnico y voluminoso por los más de 30.000 folios de la primera y de la segunda instancia y más de 70.000 folios de los 146 cuadernos de incidente en cuanto en el mismo reposa toda la historia y agonizante vida de mi pobre hijo el río Bogotá y toda su cuenca de los 45 municipios y del Distrito Capital de Bogotá”.

Asegura que trabaja sola con su Comité de Verificación, que ha denunciado grandes daños ambientales, incumplimiento de las órdenes la falta de coordinación y articulación del Estado colombiano. Eso sí, en el documento, aclara que con esta petición no está aceptando una recusación, ni manifestando un impedimento.

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