Declaración de Renta 2022: fechas para personas naturales
Ya se cumplió el plazo para la declaración de renta de personas jurídicas, se aproximan la de personas naturales.

Dinero Colombia. / Getty Images
Este viernes 22 de julio se cumplió el último plazo para las personas jurídicas que tuviera la obligación tributaria de declarar renta.
Le puede interesar
- ¿Quiénes deben declarar el impuesto a la renta en 2022?
- Declaración de renta: 4.5 millones de colombianos deberán presentarla
El en agosto, septiembre y octubre deberán declarar renta quienes son personas naturales en estas fechas:
DOS ÚLTIMOS DÍGITOS DEL NIT
PLAZO HASTA AGOSTO
01-02
Agosto 9
03-04
Agosto 10
05-06
Agosto 11
07-08
Agosto 12
09-10
Agosto 16
11-12
Agosto 17
13-14
Agosto 18
15-16
Agosto 19
17-18
Agosto 22
19-20
Agosto 23
21-22
Agosto 24
23-24
Agosto 25
25-26
Agosto 26
27-28
Agosto 29
29-30
Agosto 30
31-32
Agosto 31
DOS ÚLTIMOS DÍGITOS DEL NIT
PLAZO HASTA SEPTIEMBRE
33-34
Septiembre 1
35-36
Septiembre 2
37-38
Septiembre 5
39-40
Septiembre 6
41-42
Septiembre 7
43-44
Septiembre 8
45-46
Septiembre 9
47-48
Septiembre 12
49-50
Septiembre 13
51-52
Septiembre 14
53-54
Septiembre 15
55-56
Septiembre 16
57-58
Septiembre 19
59-60
Septiembre 20
61-62
Septiembre 21
63-64
Septiembre 22
65-66
Septiembre 23
67-68
Septiembre 26
69-70
Septiembre 27
71-72
Septiembre 28
73-74
Septiembre 29
75-76
Septiembre 30
DOS ÚLTIMOS DÍGITOS DEL NIT
PLAZO HASTA OCTUBRE
77-78
Octubre 3
79-80
Octubre 4
81-82
Octubre 5
83-84
Octubre 6
85-86
Octubre 7
87-88
Octubre 10
89-90
Octubre 11
91-92
Octubre 12
93-94
Octubre 13
95-96
Octubre 14
97-98
Octubre 18
99-00
Octubre 19
¿Quienes tienen que declarar renta?
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2021 sea igual o superior a $163.386.000
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000.