Justicia

Denuncia que estando embarazada la despidieron del trabajo

La Corte Constitucional se pronunció al respecto y advirtió que las empresas deben velar por los derechos laborales de las gestantes.

Imagen de referencia.

Imagen de referencia. / Colprensa

Una mujer interpuso una tutela contra la empresa en la que trabajaba porque fue despedida estando en estado de embarazo. En la organización la ciudadana contaba con un contrato por obra y labor, para prestar servicios de oficios varios en las instalaciones de la Fiscalía General de la Nación. 

Según la versión de la mujer, informó días antes de finalizar su contrato a su jefe inmediato que se encontraba en embarazo. Aún así la empresa dio por terminado el contrato y se excusó en que supuestamente la mujer dio a conocer a la organización de su embarazo un día después de terminado el contrato. 

La Sala Primera de Revisión de la Corte afirmó que la empresa no pudo demostrar que sí ordenó el examen médico de egreso, lo que demuestra que se omitió porque el empleador si sabía el estado de embarazo de la ciudadana.

Por lo cual la Corte le dio un plazo de 48 horas a la organización para que reintegre a la afectada en otra empresa afiliada en un cargo igual o mejor que el que tenía cuando fue despedida. Además, deben respetar el tiempo que tiene la mujer de licencia de maternidad, y respetar los beneficios que la ley le otorga por la misma.

También le tendrán que pagar los salarios y las prestaciones sociales de retroactivo desde el momento de su desvinculación, y pagar una indemnización prevista en el Código Sustantivo del Trabajo.

“Una empresa vulnera los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, a la igualdad, al mínimo vital, a la salud y a la seguridad social, al despedir a una mujer trabajadora vinculada mediante contrato por obra o labor, en estado de embarazo y conociendo previamente esta condición, cuando no cuenta con la debida autorización del Ministerio del Trabajo”, afirmó la Corte.

Asimismo, la Corte advirtió que las empresas no pueden despedir a sus trabajadoras en estado de embarazo o durante el periodo de licencia de maternidad previsto en la ley. A menos que soliciten una autorización del Ministerio de Trabajo demostrando una justa causa.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad