Justicia

Narcotráfico

Corte avala extradición a Estados Unidos de la hermana de 'Otoniel'

Tendrá que responder por delitos relacionados con el narcotráfico.

Alias 'La Negra', hermana de 'Otoniel', exmáximo jefe del Clan del Golfo.

Alias 'La Negra', hermana de 'Otoniel', exmáximo jefe del Clan del Golfo.(Cortesía: Policía Nacional.)

La Sala de Casación Penal de la Corte dio su concepto favorable a la extradición a Estados Unidos de Nini Johana Úsuga, hermana del exmáximo jefe del Clan del Golfo, alias ‘Otoniel’.

La Corte para el Distrito Sur de la Florida la acusa de delitos relacionados con el narcotráfico en Estados Unidos entre diciembre de 2013 y febrero 2014.

Según la Policía Nacional, era la encargada de manejar las finanzas ilícitas producto del narcotráfico, incluso a través del lavado de activos, de la organización criminal que lideraba su hermano, quien también será extraditado.

Según explicó, la acusación extranjera contra Nini Úsuga “no se funda sobre el hecho de que Nini Johana Úsuga David hubiera participado o coordinado el envío de drogas a Estados Unidos, sino sobre la circunstancia de que ella era la encargada de recibir y administrar el dinero producido por las actividades de narcotráfico.”

Por ende, la alta corte negó la extradición por otros delitos relacionados con el Clan del Golfo, que ya juzgados en Colombia. “Debe volver al país a pagar su condena”, señaló la Sala.

“Sin embargo, en vista de que la condena nacional sólo puede referirse a hechos acaecidos con anterioridad a la formulación de imputación –12 de diciembre de 2013– y en atención a que la acusación foránea extiende la cobertura temporal del núcleo fáctico que la soporta hasta el 1º de febrero de 2014, se emitirá un concepto favorable de extradición frente a los hechos endilgados que hayan ocurrido entre el 13 de diciembre de 2013 y el 1º de febrero de 2014, de conformidad con los argumentos expresados en precedencia”, indicó.

En esa medida, de acuerdo a la Corte, “es claro que la doble incriminación de la requerida se concreta tan sólo sobre el delito concierto para delinquir agravado, y no sobre el de tráfico de estupefacientes”.

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