Sanciones a empleadores que no asuman costos de exámenes ocupacionales
Estos exámenes médicos permiten evaluar a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo en el ámbito laboral
Un llamado a los empleadores colombianos para que asuman la obligación de cubrir los costos de los exámenes ocupacionales de los trabajadores dependientes, hizo este miércoles el Ministerio del Trabajo y advirtió que de no asumir estos costos serán sancionados.
"Son los empleadores los que deben asumir la obligación de cubrir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales, pruebas o valoraciones complementarias de sus trabajadores dependientes, de acuerdo con la circular 0015 del 11 de marzo de 2022", afirmó el director de Salud Ocupacional, del Ministerio del Trabajo, Carlos Ayala
Reiteró, "en ningún caso las evaluaciones médicas ocupacionales pueden ser cobradas o solicitadas a los trabajadores dependientes".
Señaló, que es responsabilidad de los empleadores colombianos velar porque estas pruebas sean realizadas por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o Salud Ocupacional con licencia, como lo indica la ley.
Explica el funcionario, los exámenes médicos ocupacionales permiten evaluar a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo en el ámbito laboral. Estos se clasifican en tres tipos, según la resolución 2346 de 2007 como son: 1. Evaluación médica preocupacional o de preingreso. 2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación). 3. Evaluación médica postocupacional o de egreso.
Teniendo en cuenta las funciones y atribuciones del Ministerio del Trabajo como autoridad de policía para la vigilancia y control de las normas laborales, se podrán imponer multas de uno a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quienes desacaten lo estipulado.
Finalmente, la cartera laboral pidió a los trabajadores informar sobre la violación a la norma. Las personas podrán contactarse a través del correo electrónico solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co, indicando el nombre del empleador y la ciudad en la que se dieron los hechos.
También pueden presentar la querella por medio de www.mintrabajo.gov.co, en el menú Atención al Ciudadano, opción Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias (PQRSD). También podrán dirigirse de manera presencial a cualquiera de las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales de la cartera laboral que están ubicadas en las diferentes ciudades del país.