Salud y bienestar

Coronavirus Covid-19

Empresas no podrán exigir prueba COVID-19 para el reintegro

El Ministerio de Salud le hace una recomendación a los médicos que solo incapaciten a las personas que trabajan de forma presencial.

Pruebas Covid-19.

Pruebas Covid-19. / Colprensa

El Ministerio de Trabajo en compañía del Ministerio de Salud expidieron una circular conjunta con distintas recomendaciones y cambios en los lineamientos en cuanto a tiempos de aislamiento e incapacidades por personas contagiadas o con sospecha de contagio por covid-19.

Dentro de estas recomendaciones destaca el tiempo de aislamiento para personas sintomáticas que hayan o no completado su esquema de vacunación: en total tendrán que estar en aislamiento siete días, sin requerir prueba diagnóstica y recibir una incapacidad laboral temporal para desempeñar su labor.

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Esta incapacidad solo se hará efectiva si la labor desempeñada se hace de manera presencial, depende del médico evaluar si en vez de la incapacidad se realiza un aislamiento, pero estando habilitado para el teletrabajo.

En cuanto a las personas asintomáticas que se encuentren en las mismas condiciones de inmunización, que hayan tenido contacto con alguna persona confirmada positiva para covid-19, se debe confirmar el nexo epidemiológico y tener en cuenta si la persona tiene su esquema completo de vacunación.

En caso de que el nexo tenga el esquema completo no se requerirá aislamiento ni la toma de prueba. De igual forma, los empleadores no exigirán una prueba COVID-19 como requisito para regresar a desempeñar las actividades laborales al culminar el aislamiento.

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