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Consejo de Estado mantiene a Carlos Camargo como Defensor del Pueblo

Negó las cuatro demandas que había en contra de la elección que realizó el Congreso.

Carlos Camargo, Defensor del Pueblo.

Carlos Camargo, Defensor del Pueblo.(Cortesía: Camila Díaz, Colprensa.)

El Consejo de Estado confirmó que Carlos Camargo acreditó los más de 15 años de ejercicio de profesión como abogado, uno de los requisitos para que fuera elegido como Defensor del Pueblo para el periodo 2020-2024.

Se reiteró que su elección se rige por norma especial, el artículo 281 de la Constitución, de manera tal que no le son aplicables las exigencias de los concursos o convocatorias públicas, como alegaban los demandantes.

“La forma de designación prevista no implica que el elegido sea un agente del presidente (quien lo postula) y tampoco de la Cámara de Representantes (que lo elige) sino que se trata de la materialización de los principios de separación de funciones y colaboración armónica de las ramas del poder público”, señaló el Consejo de Estado.

La Sala Quinta de ese tribunal tampoco encontró probado que la elección de Carlos Camargo, hubiese vulnerado la Ley de Cuotas, “pues la terna de candidatos que remitió el Presidente de la República a la Cámara de Representantes estaba conformada por una mujer y dos hombres, como lo exige la Ley 581 de 2000”.

La Sala Quinta de ese Tribunal desvirtuó además la presunta existencia de irregularidades en el trámite de elección realizada en el Congreso y negó las cuatro demandas que había en su contra, “porque se analizaron, en debida forma, por el órgano elector las hojas de vida de los candidatos y el proceso se adelantó en la forma señalada por la Constitución Política”.

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