Justicia

Presidente de la C. Constitucional: “La frontera no nos divide, nos une”

Para el magistrado Alejandro Lizarazo, en la zona limítrofe con Venezuela viven personas de una misma familia.

Sala Plena de la Corte en Villa del Rosario, Norte de Santander.

Sala Plena de la Corte en Villa del Rosario, Norte de Santander. (Caracol Radio.)

Con una sesión de la Sala Plena, en el Museo de la Casa Natal del General Santander, los nueve magistrados de la Corte Constitucional conmemoraron el Bicentenario de la Constitución de la Villa del Rosario de Cúcuta de 1821.

El presidente de la corporación, magistrado Alejandro Lizarazo, aseguró que es un privilegio sesionar en el lugar donde comenzó a gestarse la historia republicana de Colombia con la carta magna de 1821, que, además, radicó la soberanía en la nación.

“La Constitución de Cúcuta unió a los pueblos de Venezuela y de La Gran Colombia de entonces. Nos plantea muchos interrogantes sobre la integración de nuestras naciones. Somos hermanas que luchamos juntas por la independencia para consolidarnos como repúblicas”, manifestó Lizarazo.

El presidente de la Corte Constitucional enfatizó que no puede entrar en terrenos políticos, pero consideró que las medidas adoptadas en los últimos días, como la apertura de la frontera, apuntan al restablecimiento de la relación entre los habitantes.

“En estas fronteras viven personas que son una misma familia. El límite no nos divide, nos une. En consecuencia, y para los que somos de esta región, la integración y los vínculos son muy fuertes”, dijo el magistrado Lizarazo.

Concluyó que es inconcebible que la frontera “pueda separamos y no unirnos como ha sido durante más de 200 años nuestra relación”.

En la Sala Plena de la Corte realizada en Villa del Rosario, Norte de Santander, se discutió un conflicto de jurisdicciones entre la ordinaria y la indígena. Había tres casos en los que integrantes de esas comunidades estaban involucrados en delitos como transporte de narcóticos y abuso sexual contra menor de 14 años en Bogotá.

La magistrada Gloria Stella Ortiz enfatizó que la Constitución de 1991, en su artículo 246, reivindica el derecho a los indígenas a investigar y juzgar los delitos que tengan relación directa con sus jurisdicciones.

Sin embargo, la Corte determinó que esos tres casos deben ser asumidos por la justicia ordinaria, a pesar de que eran indígenas. Factores como que los delitos que fueron cometidos por fuera del territorio indígena y la conducta nociva de las personas involucradas, llevaron a los nueve magistrados a tomar esa decisión.

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