Listo el decreto que prohíbe uso de armas traumáticas en Colombia
El Ministerio de Defensa dice que son armas de fuego y solo en casos excepcionales se darán los permisos para su uso
El Ministerio de Defensa tiene listo el decreto que prohíbe el uso de armas traumáticas en Colombia. En el documento se estable que son armas de fuego y para que un ciudadano las porte, debe ser en casos excepcionales y con los debidos permisos.
Una persona natural deberá presentar los siguientes documentos:
-Cédula de ciudadanía
-Certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
-Certificado de manejo de armas expedido por el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
-Una Factura de venta o declaración de importación del arma.
Las personas que prestan un servicio de Vigilancia y Seguridad Privada tendrán que presentar:
-Cédula de ciudadanía del representante legal.
-Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
-Factura de venta o declaración de importación del arma.
De acuerdo con el decreto, estos documentos tienen que presentarse con cita previa en el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares o sus seccionales, para dejar sus huellas dactilares y una fotografía en el Sistema de Información de Armas, Municiones y Explosivos.
La información será analizada y en 10 días hábiles, después de la solicitud, si se cumplen con los requisitos, la persona podrá obtener su permiso para el porte de armas traumáticas.
En cuanto a la devolución de las armas traumáticas a partir de la expedición del decreto, que se espera que sea antes de que finalice septiembre, las personas tienen hasta seis meses para entregarlas, solicitar el marcaje y obtener su permiso de porte del arma, esto para poder tener un censo de estas armas.
En el decreto también se establece la transición para el comercio de armas traumáticas, los comerciantes que al momento de entrar en vigor la norma tengan registradas estas armas podrán comercializarlas en un periodo de 16 meses y se deberá llevar un registro de quien las adquiere y deberá informar al comprador que debe solicitar el permiso para tenerla y hacerla marcar.
Recordemos que las armas traumáticas son similares a un arma de fuego, la diferencia es que disparan balas no letales como bolas de goma.