Justicia

Escándalo chuzadas

Absuelven a dos de los alfiles de Álvaro Uribe del escándalo 'ChuzaDAS'

La Fiscalía no aportó pruebas que los vinculara con un plan de desprestigio contra la Corte Suprema de Justicia

El juez 56 de conocimiento de Bogotá absolvió a César Mauricio Velásquez, exsecretario de prensa de la presidencia y Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico de la presidencia

El juez 56 de conocimiento de Bogotá absolvió a César Mauricio Velásquez, exsecretario de prensa de la presidencia y Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico de la presidencia / COLPRENSA

El juez 56 de conocimiento de Bogotá absolvió a César Mauricio Velásquez, exsecretario de prensa de la presidencia y Edmundo del Castillo, exsecretario jurídico de la presidencia, por el plan de desprestigio que se planeó contra la Corte Suprema de Justicia en el año 2007.

“…en atención a que las pruebas de cargo debatidas en juicio oral no permitieron a este Autoridad Judicial arribar al conocimiento más allá de duda razonable sobre la autoría en la comisión de los hechos y su responsabilidad frente al delito por el cual fueron llamados a juicio en calidad de autores”.

Los dos exfuncionarios del Gobierno de Álvaro Uribe, fueron señalados de que ellos, en conjunto con exfuncionarios del extinto (DAS), de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), y paramilitares armaron un plan de desprestigio contra magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Los ex secretarios de la presidencia fueron señalados de participar en tres episodios del escándalo de las Chuzadas del extinto DAS; Los casos Tasmania, el denominado ‘Paseo’ de los magistrados y la visita clandestina del exparamilitar alias Job al Palacio de Nariño.

Señaló el juez que durante el juicio fueron expuestas 51 evidencias documentales y más de 20 testimonios, que no lograron probar la culpabilidad de los procesados.

no permiten verificar la materialidad de la conducta descrita en el canon 340 de la Ley 599 de 2000, como tampoco tienen la contundencia suficiente para comprometer la responsabilidad de los acusados, es decir, que no se puede vincular a una persona en hechos criminosos tan graves, simplemente porque, junto con el señor Bernardo Moreno Villegas, director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, hacen parte del calificativo “otros funcionarios del Gobierno de la época”, cuando él y la señora María del Pilar Hurtado Afanador, actualmente se encuentran cumpliendo la sanción penal impuesta por la Última Instancia Penal (…) se necesitan medios de prueba directa y concreta que infunda en el Juzgador un criterio de responsabilidad que vaya más allá de toda duda razonable”.

La Fiscalía y la representación de víctimas anunciaron que apelarán la decisión.

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