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No se puede exigir pruebas de COVID-19 para vincular a un trabajador

Si un empleador por seguridad quiere realizar pruebas COVID entre sus trabajadores, tiene que cubrir el costo de las mismas

Empleadores pruebas

Empleadores pruebas (Colprensa)

Los empleadores tanto del sector público como privado no pueden exigir pruebas COVID -19 para la vinculación laboral de los trabajadores. Esta prohibición se extiende a personas que aspiran a un empleo. Igualmente, ningún trabajador puede ser despedido por ser positivo en pruebas de coronavirus.

Así quedó contemplado en una Circular 022 de 2021, emitida por el Ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, ante las inquietudes relacionadas con los procedimientos laborales, por la COVID-19.

"No puede considerarse una prueba o un examen médico un requisito para contratar o mantener un empleo", afirmó Cabrera.

Afirmó, "si el empleador considera que por motivos de seguridad y salud es necesario realizar estas pruebas, está en la obligación de cubrir los costos de la mismas, sin que los resultados afecten la estabilidad o vinculación laboral."

De acuerdo con la notificación, Si un empleador por seguridad quiere realizar pruebas COVID entre sus trabajadores, tiene que cubrir el costo de las mismas.

La circular también dice que no se debe constituir razón que afecte negativamente la relación laboral, sino que debe instar al empleador a tomar medidas de protección y apoyo para evitar cualquier forma de discriminación.

Ahora bien, el empleador ante la presencia de algún síntoma del trabajador o aspirante, puede remitirlo al personal idóneo para la realización de la prueba.

El Ministerio del Trabajo le pide a las empresas desplegar acciones y establecer protocolos de bioseguridad para proteger la vida y la salud de los trabajadores.

Otra de las recomendaciones, señala la importancia de la igualdad y la protección especial del derecho al trabajo frente a formas de discriminación, como lo indica el artículo 2º de la Ley 361 de 1997, que establece que el Estado debe garantizar la no discriminación por circunstancias físicas, fisiológicas, psíquicas o sensoriales.

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