Justicia

Casos judiciales

Se debe exigir la convivencia de 5 años para recibir pensión del cónyuge

La Corte Constitucional recordó en qué casos se debe exigir la convivencia antes de la muerte del cónyuge como requisito para heredar la pensión

Se debe exigir la convivencia de 5 años para recibir pensión del cónyuge

Se debe exigir la convivencia de 5 años para recibir pensión del cónyuge(Getty Images)

Según la Corte en estos casos el cónyuge, aunque ya no viviera con el beneficiario de la pensión y se hubiera separado, puede reclamar la sustitución pensional porque, esta persona puede acreditar que convivió con el afiliado al sistema por cinco años, independientemente si la convivencia se dio en los últimos cinco años de vida del fallecido.

Sin embargo, el concepto se recuerda porque Colpensiones y fondos privados siguen negando la pensión, exigiendo los cinco años de convivencia anteriores al fallecimiento. Como el caso de una señora de 89 años, que convivió con su exesposo fallecido durante 36 años y Colpensiones le negó la mesada que le correspondía, por no haber convivido con él durante los últimos cinco años de vida del fallecido.

La señora apeló la decisión y la Corte Constitucional le dio la razón. También recordó que, cuando una persona tiene un compañero sentimental con quien ya no vive, y a su vez tiene una pareja permanente con quien sí convive, en casos de convivencia no simultánea, la pensión debe dividirse.

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