Orden Público

Manifestaciones

Esmad será la última opción en protestas, según protocolo del Gobierno

El Gobierno expidió el protocolo para garantizar el buen uso de la fuerza legítima del Estado y el derecho a la protesta pacífica.

Disturbios en Bogotá, septiembre de 2020 FOTO Sergio Acero

Disturbios en Bogotá, septiembre de 2020 FOTO Sergio Acero / COLPRENSA

Como respuesta a la orden de la Corte Suprema de Justicia, de adoptar acciones para garantizar la protesta social en el país, el Ministerio del Interior expidió un protocolo denominado 'Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado y protección del derecho a la protesta pacífica' que establece directrices para la actuación de la policía y las autoridades regionales en las manifestaciones.

La normativa establece que las autoridades regionales y nacionales están en obligación en dialogar y buscar siempre mediación en el desarrollo de las manifestaciones, y que además se debe garantizar el acompañamiento de gestores de convivencia que promuevan el diálogo.

Ademas advierte que los oficiales de policía que intervengan en manifestaciones no podrán usar armas de fuego, y que el uso de la fuerza será el último recurso físico para proteger la vida e integridad física o para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad pública.

De este modo asegura que, “la actuación de la Policía Nacional diferenciará entre quienes ejercen de manera pacífica y activa su derecho a la reunión y manifestación pública, y de quienes ejecuten actos de violencia que pongan en grave peligro derechos fundamentales o cometan conductas punibles”, por lo que la acción de los uniformados se basara en la intensidad y peligrosidad de la amenaza; la forma de proceder del individuo y las condiciones del entorno.

En el protocolo también se contempla que las autoridades deben abstenerse de realizar pronunciamientos o conductas que propicien prejuicios, discriminen, deslegitimen o descalifiquen a quienes ejercen su derecho a manifestarse pública y pacíficamente.

Entretanto, señala que los organizadores o movimientos sociales convocantes de una protesta deben avisar a la Alcaldía la fecha, hora y sitio del lugar en donde se va a ejercer la manifestación pública y pacífica, y que las autoridades deben conformar Mesa Nacional de Evaluación de las Garantías para las Manifestaciones que estará conformada por los ministeros Interior y Defensa; procurador General; defensor del Pueblo y el director General de la Policía, entre otros.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad