No puede haber moras injustificadas en procesos judiciales: Corte
En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se aduce la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso

Getty Images

Ante la mora injustificada de decisiones en los procesos penales departe de tribunales superiores y Fiscalía, la Corte Constitucional remite copias al Consejo Superior de la Judicatura para que se adopten medidas contra la Fiscalía Seccional de Manizales.
La Corte Constitucional reiteró el derecho al acceso a la administración de justicia y debido proceso sin dilación injustificadas.
En dos acciones de tutela formuladas de manera independiente se aduce la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de los demandantes, ante la mora en la adopción de decisiones en los procesos penales adelantados en etapa de instrucción y juzgamiento por parte de los respectivos entes competentes, esto es, el Tribunal Superior y la Fiscalía Seccional.
La Corte Constitucional analizó la garantía del debido proceso y el acceso a la administración de justicia, del plazo razonable y la mora injustificada.
Luego de revisar cada caso, la Corte decidió remitir copias al Consejo Superior de la Judicatura para que se adopten medidas contra la Fiscalía Seccional de Manizales y negar el amparo de la segunda tutela. Sin embargo, reiteró que no puede haber dilaciones de la justicia sin justificación.




