Desalojarán a viuda de jefe paramilitar abatido tras un proceso de 15 años
La Corte le dio la razón a la señora al señalar que la Fiscalía incurrió en mora judicial en el proceso de extinción de dominio
La Corte Constitucional no frenó la orden de desalojo impuesta a Blanca Ospina de Cardozo, la viuda de Arroyave, ya que consideró que no era razonable extender el amparo del proceso de desalojo que tenía por demora de la fiscalía, puesto que la señora cuenta con el apoyo familiar de sus cuatro hijos.
El inmueble se encuentra en este proceso hace 15 años, por lo que la Corte le hizo un llamado a la fiscalía señalando que, la mora en la resolución de procesos judiciales afecta los derechos al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.
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En 2005 cuando inició el proceso de extinción de dominio del apartamento donde reside la señora año en el que la Fiscalía ordenó el embargo y secuestro de diferentes propiedades de Miguel Arroyave Ruiz, presuntamente relacionadas con actividades ilegales como cabecilla del Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia. Entre los diferentes bienes vinculados a la actuación se encuentra la vivienda de la agenciada.
La actora expresó que la orden de desalojo del bien inmueble en el que habita con su progenitora, trasgrede los derechos a la vida digna y a la salud de esta última, por cuanto no disponen de otro lugar para residir y es allí donde su madre recibe el tratamiento médico prescrito y la atención domiciliaria para las diferentes afecciones que la aquejan.
La Corte le dio la razón a la señora al señalar que la Fiscalía incurrió en mora judicial en el proceso de extinción de dominio, sin embargo, consideró que no era razonable extender el amparo transitorio de suspensión del proceso de desalojo.
Por lo que la Corte Constitucional le dio la razón a la Sociedad de Activos Especiales.