Fondos de pensiones a responder por riesgos laborales de informales
La Corte Suprema estudió caso de taxista que murió en medio de asalto.
La Corte Suprema de Justicia determinó que los riesgos laborales "deben ser asumidos por el sistema general de pensiones" cuando no hay una obligación de afiliarse a riesgos laborales.
La Sala de Casación de la Corte estudió el caso de un taxista que murió en medio de un asalto, cuando ejercía su labor como conductor. El alto tribunal le ordenó a la administradora de fondos de pensión pagar la mesada de sobrevivientes a su esposa.
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El taxista estaba afiliado al sistema de pensiones pero no al de riesgos laborales, pues no era una obligación porque trabajaba como independiente.
El alto tribunal dijo que la decisión no implica una contravención al principio de sostenibilidad financiera sino que "reconocen las realidades especiales de ciertas formas de trabajo". Señaló que la seguridad de los trabajadores informales debe tener una cobertura integral.