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El ABC de la Ley de procedimiento de la JEP

La ley es la guía básica de magistrados, víctimas y de quienes se someten.

Instalaciones de la Jep(Colprensa)

Instalaciones de la Jep

Colombia

La Ley de Procedimiento de la JEP tiene 76 artículos que abarcan desde los derechos que tienen las víctimas, como el de participar en las procedimientos de la jurisdicción, hasta cómo se pueden recolectar pruebas para los casos.

En una primera parte, identifica a cada uno de los sujetos procesales que participarán en los diferentes casos y señala por ejemplo, que las víctimas pueden representarse por sí mismas, mediante un apoderado o de manera colectiva y que para poder tener la condición de víctima, deben presentar alguna prueba, así sea su relato.

Así mismo, menciona actores como la Unidad de Investigación y Acusación y le fija límites, como que una indagación puede durar 18 meses, solo si la complejidad del caso lo amerita.

Establece que los recursos de reposición se deben presentar en los tres días siguientes a las decisiones cuando se entrega de manera escrita, o de inmediato cuando es en audiencia pública.

Mencionan a la Policía Judicial de la JEP, que es la encargada de recolectar pruebas y por ello podrá tener acceso a cualquier información que requiera, así tenga reserva.

Numera, además, las cinco ocasiones en las que pueden ordenar medidas cautelares. Dos de ellas son, cuando es necesario evitar daños irreparables a personas o colectivos y cuándo e debe garantizar el acceso a una información que se encuentra en riesgo.

Una segunda parte hace referencia a todos los procedimientos que se hacen frente a la JEP. En ella se resalta la posibilidad de tomar medidas adecuadas para generar el diálogo y construir verdad, los procedimientos para las audiencias de reconocimiento de responsabilidad, y una a una las formas en las que pueden participar las víctimas.

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Estas últimas relacionadas con la presentación de informes, la asistencia a audiencias o aportar pruebas.

Señala que por evitar obstrucción en procesos y garantizar la comparecencia a las audiencias se podrán imponer medidas de aseguramiento.

Plantea las reglas para cada una de las audiencias, ya sean preparatorias, de juzgamiento o restaurativas.

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Y la tercera parte, habla de los otros procedimientos que se hacen ante la jurisdicción, como las amnistías y los indultos, las solicitudes a la renuncia de persecución penal, los procesos de apelación, entre otras.

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