Le ponen el ojo a los alcoholímetros en Colombia
La Superintendencia de Industria y Comercio expidió el reglamento, con el fin de garantizar mediciones confiables por parte de las autoridades de tránsito a nivel nacional.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) expidió la Resolución 88919 del 28 de diciembre de 2017 por medio de la cual se reglamentó el control metrológico aplicable a los alcoholímetros.
A partir del 1 de julio de 2018 los productores e importadores de alcoholímetros deberán demostrar el cumplimiento de los requisitos técnicos y metrológicos fijados por la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el respectivo certificado de conformidad, ya que de no hacerlo no podrán comercializar sus productos en Colombia.
De igual manera, la SIC ha exigido que a partir del segundo semestre de 2020, todos los alcoholímetros utilizados con fines judiciales o administrativos serán verificados anualmente por un Organismo Autorizado de Verificación Metrológica (OAVM) designado por la SIC, para verificar que los instrumentos continúan siendo aptos para medir alcohol en sangre y tener la trazabilidad de cada uno de ellos.
Finalmente, con este reglamento se busca asegurar la calidad de las mediciones que se toman con los alcoholímetros y con ello mejorar la confianza de la ciudadanía frente a las razones que se utilizan para tomar medidas judiciales y administrativas.