Congreso se salvó de pagar $1.500 millones a la empresa Goodyear de Colombia
El Consejo de Estado determinó que el legislativo no puede ser condenado por leyes que tumbe la Corte Constitucional.
Dos años después el Consejo de Estado tumbó una millonaria condena que había sido proferida por esa misma corporación judicial contra el Congreso de la República donde lo obligaba a pagar una indemnización a la empresa Goodyear de Colombia S.A., por una ley que fue declarada inexequible.
Explico el Alto Tribunal que el Congreso no puede ser culpado o condenado por expedir una ley que luego sea tumbada por la Corte Constitucional.
El caso en concreto se dio a raíz de la expedición de los artículos 56 y 57 de la Ley 633 de 2000, que creó la tasa especial por servicios aduaneros y que debía ser pagada por la empresa privada, en este caso Goodyear de Colombia S.A. pago el valor del impuesto por lo que aseguró que se vio afectada en sus finanzas.
La Sección Cuarta precisó que la condena impuesta al Congreso por la supuesta causación de un daño antijurídico resultó violatoria del derecho al debido proceso, porque no es posible predicar responsabilidad alguna del Congreso por los pagos de la TESA que hizo Goodyear de Colombia S.A., durante el lapso comprendido entre la expedición de la ley y la declaratoria de inexequibilidad.
El fallo de tutela explicó que cuando se declara inexequible una norma de carácter tributario, el contribuyente debe ser quien solicite a la administración tributaria la devolución de lo que pagó, con fundamento en la norma retirada del ordenamiento.




