Esta es la Reforma al Equilibrio de Poderes que radicó el Polo
Se prohíbe el uso de recursos públicos para obligar a los ciudadanos a votar por un determinado candidato, entre otras.


Paralelo a la reforma que presentó el Gobierno Nacional, el Polo Democrático busca tramitar en el Congreso de la República lo que ellos consideran una verdadera reestructuración de los pesos y contrapesos en el Estado que dé, como lo dijo el Representante Alirio Uribe, “garantías a los derechos de la oposición”
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A continuación un resumen de los puntos más importantes de la Reforma: Se prohíbe el uso de los recursos públicos para obligar a los ciudadanos a votar por un determinado candidato
El presidente, los gobernadores, alcaldes, congresistas, diputados, concejales, ediles y candidatos a cargos de elección, no podrán hacer que los ciudadanos se sientan obligados a votar por un candidato o partido, a cambio de que se construya una obra o para que se beneficien de un programa de subsidios como Familias en Acción o el de las viviendas subsidiadas
Se establece como causal de pérdida de la investidura que los congresistas, diputados, concejales y ediles actúen como ordenadores del gasto. El poder Ejecutivo no podrá usar el presupuesto para que los congresistas voten a favor o en contra de un proyecto de ley. Y la misma prohibición habrá en relación con los gobernadores y alcaldes y los diputados y los concejales y las ordenanzas o acuerdos
Se fortalece la carrera administrativa con el fin de combatir el clientelismo que se hace con los contratos a término definido de la burocracia estatal
El gobierno queda obligado a concertar con todos los sectores políticos y fuerzas vivas de la sociedad un proyecto de ley estatutaria que reforme de manera integral el sistema electoral, el cual deberá ser presentado dentro de los dos años siguientes a la expedición de la reforma. Su principal objetivo es la creación de un sistema electoral que no sea el botín de la partidocracia y que impida el fraude electoral y el constreñimiento a los electores
La Procuraduría y la Fiscalía crearán secciones especializadas para perseguir la corrupción y el fraude electoral, el clientelismo y el constreñimiento al elector
Se obliga al gobierno a que el presupuesto de la Rama Judicial sea como mínimo el 3% del presupuesto nacional, como lo ha solicitado Asonal y el Consejo Superior de la Judicatura
Función de advertencia de la Contraloría La Contraloría queda facultada de manera expresa para realizar funciones de advertencia, facultad que ha sido fundamental en la lucha contra la corrupción
Prohibición de la ‘puerta giratoria’ Se establece una inhabilidad para desempeñar altos cargos del Estado para quienes, durante el año previo a su nombramiento, hayan sido directivos de empresas privadas que hagan parte de los sectores relacionados con el cargo a ocupar
También se sanciona con inhabilidad a los altos funcionarios que, dentro del año siguiente a la terminación de sus funciones, sean contratados por empresas privadas del sector relacionado con sus funciones. Por ejemplo, los ministros de minas no podrán salir a trabajar en una minera o petrolera
Quienes hayan sido magistrados de cualquiera de las Altas Cortes, no podrán ser elegidos en otro de estos tribunales
Financiación estatal y fortalecimiento de la democracia La reforma prohíbe la financiación privada y plantea la plena financiación estatal en condiciones de igualdad para el funcionamiento de los partidos y las campañas electorales
Se garantiza a todos los partidos y movimientos el acceso a los medios de comunicación y se fortalecen los derechos de la oposición. Los partidos de oposición tendrán derecho a la réplica cuando el Presidente realice una alocución y podrán elegir por lo menos a dos miembros del Consejo Nacional Electoral
Eliminación de la reelección Se elimina la reelección presidencial. Quienes hayan ejercido como vicepresidentes durante el año anterior a la elección presidencial, no podrán aspirar a la Presidencia de la República
Reducción del umbral y cuociente electoral El umbral para Senado se reduce al 2% y el de Cámara y demás corporaciones pasa del 50% al 30% del cuociente electoral. Se reemplaza el sistema de cifra repartidora por el de cuociente electoral
Se mantiene la posibilidad de que los partidos escojan entre listas cerradas o con voto preferente y no se toca la circunscripción nacional para el Senado
Silla vacía por corrupción Se incluyen los delitos de corrupción como una causal de la silla vacía en las corporaciones de elección popular
Juicio contra el Presidente – Eliminación de la Comisión de Acusaciones Se elimina la Comisión de Acusaciones de la Cámara. El Presidente será investigado y acusado por la Corte Suprema de Justicia, y será juzgado por el Congreso en Pleno
Juzgamiento de aforados Los magistrados de las Altas Cortes, el Vicepresidente, el Fiscal, Contralor, Procurador y Defensor del Pueblo, serán investigados y juzgados por el Tribunal Supremo de Aforados
Juzgamiento de congresistas Los congresistas serán investigados y juzgados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, bajo los principios del sistema acusatorio. Tendrán derecho a la segunda instancia ante la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia
Elección de Magistrados de las Altas Cortes Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Tribunal Supremo de Aforados, Consejo de Estado y Consejo Superior de la Judicatura, serán elegidos mediante un concurso de méritos organizado por las Facultades de Derecho, las organizaciones de jueces y empleados de la Rama Judicial y los colegios de abogados
Los de la Corte Constitucional serán elegidos por el Senado de una terna que se conformará por quienes ocupen los primeros tres lugares de un concurso de méritos organizado por las Facultades de Derecho, las organizaciones de jueces y empleados de la Rama Judicial y los colegios de abogados
Elección del Fiscal El Fiscal será elegido por la Corte Suprema de Justicia de una terna que se conformará por quienes ocupen los primeros tres lugares de un concurso de méritos organizado por las Facultades de Derecho, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado
Elección del Contralor y del Procurador El Contralor y el Procurador serán elegidos por el Congreso en Pleno de una terna que se conformará por quienes ocupen los primeros tres lugares de un concurso de méritos organizado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. El Contralor y el Procurador no podrán ser reelegidos
Elección del Defensor del Pueblo El Defensor del Pueblo será elegido por la Cámara de Representantes de una terna que presentarán las Plataformas o Confluencias de Derechos Humanos, las Centrales Sindicales y las autoridades de las organizaciones campesinas, indígenas y afrocolombianas reconocidas
Reforma a las facultades de destitución del Procurador El Procurador no podrá destituir a los funcionarios en cargos de elección popular. Solo podrá investigarlos y acusarlos ante la Sala Disciplinaria del Consejo de Estado, quien será la competente para definir si deben ser destituidos
Reforma al Estatuto de Oposición Se fortalecen las garantías de los partidos opositores al Gobierno y se sientan las bases para un verdadero ESTATUTO DE OPOSICIÓN. Se declara a los partidos opositores sujetos de especial protección constitucional
Se endurecen las causales para la silla vacía en donde se incluyen los delitos contra la administración, siendo estos delitos periódicos en el ejercicio de la función pública
Se genera responsabilidad a los partidos por las actuaciones de sus candidatos
Señalan que el Presidente, los congresistas, gobernadores, alcaldes, diputados, y concejales no podrán hacer propaganda o campaña política con los proyectos del Estado Además, se sanciona con pérdida de la investidura a los congresistas, diputados y concejales que ordenen el gasto público y participen en la selección de los contratistas
Se prohíbe de manera expresa la compraventa de los votos de congresistas, diputados y concejales mediante la asignación de partidas presupuestales
Se otorga la réplica a los partidos opositores en los medios de comunicación a la oposición cuando el Presidente haga uso de ellos en las mismas condiciones




