Política

La historia de por qué la Judicatura no falló las tutelas de Petro

Petición del magistrado Ovidio Claros de solicitar el expediente para estudio suspende el trámite por dos días.

La historia de por qué la Judicatura no falló las tutelas de Petro

Por lo menos dos días más a la espera de un fallo quedaron las 185 tutelas que buscan que el Consejo Superior de la Judicatura mantenga suspendida la decisión de la Procuraduría que destituye e inhabilita por 15 años al alcalde Gustavo Petro

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De las más de 300 tutelas presentadas inicialmente se logró establecer que sólo 185 de los peticionarios estaban habilitados para elegir al alcalde de Bogotá

La suspensión del trámite de estas tutelas se debió a la petición que hizo a la Sala Disciplinaria el magistrado Ovidio Claros, quien solicitó el expediente para estudio, lo que según el reglamento le da dos día para revisar el proceso

La petición de Claros se dio luego de que la Sala Disciplinaria iniciara este martes el estudio de las tutelas que reclaman la protección del derecho al voto de quienes eligieron a Petro

El primero en intervenir fue el ponente del fallo, Pedro Sanabria, quien defendió su proyecto según el cual con la destitución de Petro no se viola el derecho a voto de los electores. Anunció además que el borrador de fallo tendría un nuevo cambio ante la recusación que hizo uno de los tutelantes contra el representante de la Procuraduría, la cual fue rechazada por improcedente

Le siguieron en turno los magistrado Wilson Ruíz y Angelino Lizcano, quienes dijeron que apoyaban la ponencia de Sanabria, aunque anunciaron que la aclaración de su voto

El turno le correspondió al nuevo magistrado de la Sala, Néstor Osuna, quien anunció que se apartaba del texto de la ponencia y que presentaría salvamento de voto. Pidió 15 minutos para explicar sus tres argumentos, que buscan que la sala estudie el respeto al debido proceso en el caso de la sanción contra Petro

El primero, que el derecho a elegir no termina cuando se deposita el voto en las urnas, sino que va más allá para garantizar la eficacia del voto, que puede ser desconocida en una investigación cuando hay violación al debido proceso

El segundo, que la sentencia está montada sobre fallos de la Corte Constitucional en casos parecidos como el de un concejal y la ex senadora Piedad Córdoba. Osuna demostró que esos procesos no se comparan con el de Petro, porque los electores votaron por una lista, no por las personas, que en caso de vacancia serían reemplazadas por el siguiente en turno

El tercer argumento, el control de convencionalidad al que se comprometió Colombia en 2006, cuando acordó que los derechos políticos sólo se pierden por una sentencia judicial en un proceso penal

A Osuna le siguió la magistrada Julia Emma Garzón quien anunció su respaldo al ponente aunque con aclaración del voto, porque no le aceptaron el impedimento que presentó y por la resolución de las pruebas que solicitó la defensa de Petro

El último en intervenir fue el magistrado Ovidio Claros quien sorprendió a la sala al advertir que por su condición de docente los argumentos de Osuna lo obligaban a hacer un llamado a la reflexión y que requería estudiar el expediente

La sorpresa fue total en la sala que no esperaba una intervención en este sentido. El más asombrado fue el magistrado Wilson Ruiz quien pidió a Claros la posibilidad de renunciar a los dos días que tiene para el estudio del expediente y someter el caso a votación en la sala del miércoles

Ruíz argumento un permiso para ausentarse el jueves y el viernes para someterse a una intervención quirúrgica.  Como alternativa propuso que el fallo se tomara el próximo lunes

Ante esta situación la sala prácticamente fue declarada en sesión permanente

Hasta el momento se desconoce cuál es la posición de la presidenta de la Sala, María Mercedes López, quien no alcanzó a informar el sentido en que votará la ponencia.

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