Justicia

Las 'chuzadas' siguen pero disfrazadas: Navas Talero

Según el congresista del en la llamada ley de inteligencia metieron un 'mico', que permitiría las 'chuzadas' o interceptaciones telefónicas mediante la denominación de 'monitoreo'.

El representante Germán Navas Talero aseguró que en la llamada ley de inteligencia metieron un 'mico', que permitiría las 'chuzadas' o interceptaciones telefónicas mediante la denominación de 'monitoreo'

Dijo que en el transcurso de los debates sobre la mencionada ley, que se encuentra para revisión en la Corte Constitucional, no se incluyó la posibilidad de los llamados 'monitoreos' con los cuales ya no se necesitará chuzar un teléfono o meter micrófonos ocultos, pues simplemente escucharán todas las conversaciones privadas a través de intervención del espectro electromagnético

Navas dijo que en una entrevista el director de la recientemente creada Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), el almirante (r) Alvaro Echandía aseveró que "sí pueden hacer vigilancia del espectro electromagnético”, lo que permitiría que cualquier persona pueda ser monitoreada “tanto en su vida pública como privada”

El congresista del Polo Democrático dijo que no se sabe en qué momento apareció en el artículo 17 de dicha ley el punto donde se permitiría esa situación, que en la práctica es exactamente lo mismo a las chuzadas, pero disfrazadas de “monitoreo de área”

El punto que controvierte el congresista es el artículo 17, titulado "Monitoreo del espectro electromagnético e interceptaciones de comunicaciones privadas", y expresa que "las actividades de inteligencia y contrainteligencia comprenden actividades de monitoreo del espectro electromagnético debidamente incorporadas dentro de órdenes de operaciones o misiones de trabajo. La información recolectada en el marco del monitoreo del espectro electromagnético en ejercicio de las actividades de inteligencia y contrainteligencia, que no sirva para el cumplimiento de los fines establecidos en la presente Ley, deberá ser destruida y no podrá ser almacenada en las bases de datos de inteligencia y contrainteligencia. El monitoreo no constituye interceptación de comunicaciones"

Y agrega que "La interceptación de conversaciones privadas telefónicas móviles o fijas, así como de las comunicaciones privadas de datos, deberán someterse a los requisitos establecidos en el artículo 15 de la Constitución y el Código de Procedimiento Penal y sólo podrán llevarse a cabo en el marco de procedimientos judiciales"

Navas insistió en que la ley de inteligencia simplemente lleva incorporado el mico para que continúen las chuzadas bajo una modalidad tecnológica distinta. Así mismo, Navas Talero cuestionó la recientemente aprobada ley de inteligencia, que se encuentra en la Corte Constitucional para revisión, la cual le daría herramientas a la ANI para continuar efectuando seguimientos indebidos, ya que allí se contempla este tipo de monitoreo al espectro electromagnético.

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