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Anuncian en la Cámara varios proyectos sobre uniones homosexuales

Juan Carlos Henao ratificó que la unión hombre-mujer, no es la única forma de vínculo entre personas cuando se trata de afecto y de intereses comunes.

Anuncian en la Cámara varios proyectos sobre uniones homosexuales

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Varios proyectos sobre la posibilidad del matrimonio entre parejas homosexuales se han anunciado en la Cámara de Representantes por parte de congresistas de diferentes sectores políticos

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Al ya presentado del representante Miguel Gómez (Partido de la U, Bogotá) sobre el contrato solemne entre personas del mismo sexo, se anunció por parte de Guillermo Rivera (Liberal, Putumayo), la radicación de una iniciativa que habla del matrimonio como vínculo solemne de dos personas sin importar su sexo

La propuesta de Rivera sería una modificación al Código Civil

La representante Alba Luz Pinilla dijo que radicará un proyecto de reforma constitucional estipulando que el matrimonio es una institución que bien pueden realizar parejas heterosexuales o no, con derechos y deberes para los contrayentes

El Partido Verde a través del representante Alfonso Prada también anunció un proyecto de ley que acogerá en todas sus partes la sentencia de la Corte Constitucional que exhorta al Congreso a legislar sobre la materia durante los próximos dos años

Hay varias clases de familia: Corte ConstitucionalEl presidente de la Corte Constitucional, Juan Carlos Henao, aseguró que el fallo de ese tribunal sobre derechos de los homosexuales a formar familia se fundamenta en preceptos constitucionales de alta jerarquía dentro de los derechos fundamentales de la persona

Sostuvo que de la interpretación jurìdica no se puede afirmar que la familia esté circuinscrita al vínculo matrimonial entre un hombre y una mujer, es decir que no necesariamente debe ser una relación heterosexual

Henao leyó apartes del comunicado de la Corte sobre la materia, indicando que, por ejemplo, la convivencia de una pareja en unión libre ya está denotando la existencia de una familia

También se tipifica la familia que denomina 'monoparentales', es decir aquella que en un momento dado está conformada solo por el padre op por la madre

Agregó que también hay familias 'ensambladas' que se tipifican cuando una persona ha tenido una unión previa de la cual hay hijos, y que luego forma otra familia y todos ellos hacen parte del nuevo núcleo

Concluyó que no necesariamente hay familia por vínculos jurídicos, naturales e incluso de consanguinidad, pues existe la familia de crianza

Por ello, para la Corte el concepto de familia no está consagrado como exclusivamente para parejas heterosexuales, pues de la normatividad surge que no se le puede negar a parejas del mismo sexo el derecho al afecto, el respeto y la solidaridad que inspiran su proyecto de vida en común

Corte Constitucional ratifica que las uniones no son sólo entre hombre y mujerEl presidente de la Corte Constitucional, Juan Carlos Henao, ratificó que la unión heterosexual, es decir hombre-mujer, no es la única forma de vínculo entre personas cuando se trata de afecto y de intereses comunes

Henao le salió al paso a las críticas del procurador Alejandro Ordóñez sobre el reciente fallo de la Corte sobre derechos de los homosexuales, y dijo que para la Corte, no existen razones jurídicamente atendibles que permitan sostener que entre los miembros de las parejas del mismo sexo no puede el afecto, el respeto y la solidaridad que inspiran su proyecto de vida en común con vocación de permanencia

Tampoco considera la Corte que esas condiciones personales solo merecen protección cuando se profesan entre parejas heterosexuales, manifestó el Magistrado

Dijo que el Procurador está en todo su derecho de pedir la nulidad del fallo, pero debe esperar la sentencia definitiva suscrita por todos los magistrados y luego tendrá tres días para elevar la solicitud

"Tiene que mirar que sean pertinentes las causales de nulidad, que son las violaciones de jurisprudencia y los respectivos precedentes" de constitucionalidad, sostuvo

Henao dijo que los preceptos mayores de la Constitución son derechos inalienables para las personas y por lo tanto no se puede deducir que se haya contemplado un único modelo de familia originado exclusivamente en el vínculo matrimonial, dijo-El presidente de la Corte se remitió al boletín sobre el fallo, en el que se indica que la convivencia puede crear la unión marital de hecho, caso en el cual los compañeros permanentes ya constituyen familia, o crear familias monoparentales encabezadas solo por el padre o por la madre

"También hay uniones ensambladas, que se conforman cuando uno de los cónyuges o compañeros ha tenido una relación previa de la cual hay hijos que entran a formar parte de la nueva unión", recordó

Y agregó que en su ciclo vital una misma persona puede experimentantar el paso por varias clases de familia. En este sentido y de conformidad con la Carta, la institució familiar pueden tener diversas manifestaciones que se constituyen a su vez a traves de distintos vinculos naturales o jurídicos, segun lo previsto en el precepto superior

"Dee ahí que la heterosexualidad no es una característica única predicable de de todo tipo de familia, ni tampoco la consanguinidad, como lo demuestra la familia de crianza", manifestó el presidente de la Corte Constitucional.

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