Corte Constitucional avaló procedimiento de la CPI para conocer delitos de lesa humanidad
El alto tribunal declaró viable el procedimiento que realiza la CPI para conocer delitos de lesa humanidad y de guerra, cuando el Estado respectivo no ha investigado los hechos.
El alto tribunal declaró viable el procedimiento que realiza la Corte Penal Internacional para conocer de los delitos de lesa humanidad y de guerra, cuando el Estado respectivo no ha investigado los hechos
Dijo que se aclaró que si bien es cierto se aprobó la cadena perpetua que contempla la Corte Penal Internacional, esta no puede ser implementada por la justicia colombiana
La normatividad de ese organismo internacional contempla las formas como se investiga y abordan los casos de genocidio, desaparición forzada, reclutamiento de menores, entre otros
En la determinación se señala que son procedimientos que solo se aplicaran sobre asuntos que le competan a la CPI, que no tendrán aplicación de los trámites y los procedimientos internos
La Corte observó que en el procedimiento de la Corte Penal se consagran mecanismos que no están previstos en la legislación colombiana, que inclusive resultarían inconstitucionales como la cadena perpetua
Explicó el presidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, que estos instrumentos son avalados por Colombia con el fin de honrar la suscripción del país del tratado de Roma




