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JEP excluye al exalcalde (e) de Cerro de San Antonio, Magdalena

Se trata de Luis Páez Zambrano, quien está siendo juzgado por haber hecho parte del 'Pacto de Chivolo'.

JEP

JEP / Colprensa

Santa Marta

A través de un comunicado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) precisó que decidió no aceptar la solicitud sometimiento de Luis Rafael Páez Zambrano, exalcalde encargado de San Antonio (Magdalena), y excluir su proceso de la competencia de la Jurisdicción por considerar que su plan de aporte a la verdad fue 'insuficiente e insatisfactorio'.

Páez Zambrano, quien tiene un proceso en su contra en la justicia ordinaria por concierto para delinquir agravado, peculado por apropiación en beneficio de terceros e interés indebido en la celebración de contratos, "suscribió un acta sometimiento ante la Jurisdicción el 22 de noviembre de 2018 en su calidad de agente del Estado no miembro de la fuerza pública", dijo la JEP.

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Asimismo, indicó que la solicitud no fue aceptada en una decisión adoptada el 17 de octubre de 2019 y se le solicitó a Páez Zambrano una ampliación de su proyecto de aporte, el cual fue presentado en marzo de 2020. "Sin embargo, para la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP estos compromisos no fueron suficientes".

Según la JEP, los aportes que realizó sobre situaciones en las que no está comprometida su responsabilidad fueron "vagos, sin sustento y denotaron una clara ausencia de exhaustividad" y tampoco hizo alusión a "hechos o personas, más allá de datos que son de conocimiento público, por lo cual no superaron lo demostrado en su contra en la jurisdicción ordinaria", umbral exigido en la justicia transicional.

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Es importante precisar que Luis Rafael Páez Zambrano está siendo juzgado por haber hecho parte del 'Pacto de Chivolo' y entregar dineros públicos a organizaciones paramilitares, a través de la contratación pública cuando estuvo como alcalde encargado del municipio de Cerro de San Antonio, en Magdalena.

Finalmente, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP le ordenó al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Santa Marta que, una vez en firme la decisión, continúe con el trámite correspondiente en la jurisdicción ordinaria.

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