Salud y bienestar

Cartagena de Indias

Dadis sancionó centro de estética por incumplir requisitos para funcionar

El establecimiento Blue Laser Spa al parecer oferta tratamientos clasificados como invasivos que son practicados por personal no calificado

El establecimiento Blue Laser Spa al parecer oferta tratamientos clasificados como invasivos que son practicados por personal no calificado

El establecimiento Blue Laser Spa al parecer oferta tratamientos clasificados como invasivos que son practicados por personal no calificado(Alcaldía de Cartagena)

Cartagena de Indias

El Departamento Administrativo Distrital de Salud, DADIS, en actividad articulada desde la Dirección Operativa de Vigilancia y Control y la Unidad Funcional de Medicamentos y Alimentos de la Dirección Operativa de Salud Pública, realizaron acciones de inspección, vigilancia y control al establecimiento BLUE LASER SPA, que funciona como centro de estética, encontrándose que dentro de los servicios prestados se realizan y ofertan procedimientos y tratamientos clasificados como invasivos, practicados por personal no calificado.

Al realizar procedimientos invasivos por parte de una auxiliar de enfermería, talento humano no competente, la institución está afectando las características del sistema obligatorio de la garantía de calidad de atención en salud, específicamente la concerniente a la seguridad, de conformidad con la resolución 3100 de 2019, que señala que para estos procedimientos se requiere la intervención de un médico idóneo.

Además, dicho establecimiento no está inscrito en el Registro Especial de Prestadores De servicios de salud del Distrito de Cartagena incumpliendo de esta manera con lo establecido en la Resolución 3100 DE 2019 que en su Artículo 4. Inscripción y habilitación. “Todo prestador de servicios de salud debe estar inscrito en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), registrando como mínimo una sede y por lo menos un servicio habilitado. La inscripción y habilitación debe realizarse en los términos establecidos en el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud.”

Teniendo en cuenta los hallazgos, el DADIS procedió a aplicar medida sanitaria de seguridad consistente en suspensión total de actividades de todo el establecimiento, en el marco de lo establecido en la Ley 09 de 1979.

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