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Judicial

Suspenden orden de arresto contra el alcalde de Dosquebradas, Diego Ramos

El desistimiento de la acción de tutela por parte de la demandante suspendió la orden de arresto de 10 días y la multa de 10 SMMLV.

Orden de arresto del alcalde de Dosquebradas, Diego Ramos.

Orden de arresto del alcalde de Dosquebradas, Diego Ramos. / Oficial (Alcaldía de Dosquebradas)

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A través de su cuenta de Twitter, la Alcaldía de Dosquebradas informó la suspensión de la orden de 10 días de arresto junto a la sanción de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes en contra del mandatario del municipio industrial y del exsecretario de Obras Públicas, gracias a la gestión de la Secretaría Jurídica de Dosquebradas.

José Iván González Arias, jefe de este despacho, explicó que esta decisión, tomada en las últimas horas por el Tribunal Superior del Distrito Sala Laboral de Pereira, se logró mediante un documento de desistimiento firmado por la demandante Gloria Inés Mejía, quien señaló que con las actuales obras de un muro de contención se elimina el riesgo que presentaba su vivienda en la parte posterior debido a la quebrada La Soledad.

Por su parte, el secretario de gobierno y alcalde encargado de Dosquebradas, Juan Carlos Sepúlveda, aseguró que este nuevo fallo del Tribunal es grato para la administración y resaltó nuevamente que este es un inconveniente heredado de la administración pasada.

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"Es grato saber que se resuelve a favor de la Administración, ya que logramos demostrar que estamos ejecutando las obras que desde el 2016 debieron haberse hecho, porque debemos tener en cuenta que es un problema heredado. Es por lo anterior que la accionante presentó el desistimiento, ya que ella consideró que la Administración estaba cumpliendo con lo que pretendía con la demanda", señaló Sepúlveda.

Igualmente, en el documento, la Administración Municipal se compromete a terminar en treinta días las obras de construcción de elementos de captación y entrega de las aguas lluvias y de escorrentía al cauce de la quebrada La Soledad o las que, de acuerdo a la inminencia del peligro y la disponibilidad de los recursos, cumplan iguales fines.

Es de recordar que el fallo para los 10 días de arresto había sido expedido por la Corte Suprema de Justicia debido al desacato de una tutela correspondiente al 16 de mayo del año 2016.

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