No se dispondrá inmediatamente de un suministro suficiente de la vacuna
Priorizan población a vacunar contra la COVID – 19 en Cartagena
Cartagena de indias
La vacunación está reglamentada a través del Decreto 109 del 29 de enero de 2021, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, por medio del cual se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19 para la población colombiana.
Este Plan de Vacunación tiene como objetivo reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por COVID-19, disminuir la incidencia de casos graves y la protección de la población que tiene alta exposición al virus y reducción el contagio en la población general, con el propósito de controlar la transmisión y contribuir a la inmunidad de rebaño o colectiva en Colombia.
En consideración a que la vacuna contra la COVID–19 es un bien escaso, el Ministerio de Salud y Protección Social desarrolló una estrategia de priorización para la aplicación de las vacunas, sustentados, exclusivamente en criterios de necesidad médica, de salud pública y epidemiológica basados en los principios contenidos en dicho Plan como son: solidaridad, eficiencia, beneficencia, primacía del Interés general, justicia social y justicia distributiva, equidad, transparencia, progresividad, acceso y accesibilidad e Igualdad, sin consideración a credo, capacidad económica, género, grupo étnico o condición de discapacidad; debido, entre otros, a que no se dispondrá inmediatamente de un suministro suficiente para inmunizar a toda la población elegible y al reto frente al proceso logístico que se requiere para la operativización de la inmunización.
Incluso, los países que han asegurado dosis suficientes para vacunar a toda su población deben establecer un plan de priorización, debido a razones operativas y a la gradualidad en la entrega de los biológicos.
Así mismo, en el artículo 7 del Decreto 109 de 29 de enero de 2021 se establece la priorización de la población en fases y etapas para la aplicación de la vacunación así: FASE 1 (tiene tres etapas)
ETAPA 1. SE VACUNARÁN 100% trabajadores de la salud y de apoyo 1° línea, 100% población de 80 años y más.
ETAPA 2. SE VACUNARÁN 100% Población de 60 a 79 años, 100% Trabajadores de la salud 2° y 3° línea
ETAPA 3. SE VACUNARÁN 100% Población de 16 a 59 años con comorbilidades, 100% Profesores de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media.
En la FASE 2 (tiene 2 etapas): ETAPA 4. SE VACUNARÁN 100% Cuidadores institucionales, 100% Población en ocupaciones y situaciones de alto riesgo, Población en riesgo de brotes (policías militares, INPEC, entre otros)
ETAPA 5. SE VACUNARÁN a la Población entre 16 y 59 años libres de comorbilidades.
El Ministerio de Salud y Protección Social identificará las personas a vacunar en cada etapa del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, de acuerdo con los grupos poblacionales priorizados y conformará gradualmente la base de datos maestra de vacunación, de acuerdo con la información contenida en las bases de datos oficiales con las que cuenta el Estado colombiano y que estén disponibles. Esta base de datos, serán entregadas a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) y, a su vez, esta tiene la responsabilidad de asignar las IPS con servicio de vacunación habilitada la población a vacunar con cercanía al lugar de vivienda y finalmente la IPS tiene la función de agendar el día y hora que le corresponda la vacuna.
Por todo este proceso establecido, es importante que la población de Cartagena realice la actualización de los datos personales ante la EAPB a la cual este afiliado, para que sea identificado fácilmente.