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Registraduría no puede suspender procesos de revocatoria: Alcides Arrieta

El presidente del Colegio Profesional de Abogados manifestó que el único con el derecho de suspender los procesos de revocatoria es el Presidente

Alcides Arrieta, presidente del Colegio Profesional de Abogados de Colombia

Alcides Arrieta, presidente del Colegio Profesional de Abogados de Colombia(Cortesía)

Alcides Arrieta, presidente del Colegio Profesional de Abogados de Colombia

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El presidente del Colegio Profesional de Abogados de Colombia, Alcides Arrieta, expresó que la Registraduría Nacional del Estado Civil no puede suspender los procesos revocatorios en el país, el único con esa facultad es el Presidente de la República mediante decreto.

La Registraduría no tiene competencias para suspender procesos electorales y mucho menos procesos de revocatorias. Tampoco las tiene el Ministerio de Salud”, indicó Arrieta.

El representante del Colegio Profesional de Abogados de Colombia señaló que “por tanto no están suspendidas, sí lo hiciere sería estrictamente contrario a la constitución y a la ley, pero hasta el momento no lo ha hecho”.

Arrieta agregó que la oficina de prensa de la Registraduría cayó en una falta disciplinaria porque confundió la mecanismo electoral lo que afectaría los procesos revocatorios.

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