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Coronavirus Covid-19

No ha habido acuerdo por entrega errónea de cadáveres

Dos familias tienen una semana con la incertidumbre de desconocer el paradero de los restos de sus familiares

No ha habido acuerdo por entrega errónea de cadáveres

No ha habido acuerdo por entrega errónea de cadáveres(Cortesía)

En un nuevo intento de conciliación no han llegado a un acuerdo las familias desesperadas por no saber el paradero de los cuerpos de sus seres queridos, la Clínica El Prado, la cual habría cometido el error en la entrega de los cadáveres y la funeraria Jardines de la Eternidad, en donde habrían sepultado los restos.

En el hecho, que se conoció el pasado 6 de julio, ya hacen parte funcionarios de la Fiscalía y Procuraduría, quienes en una consulta con el Instituto Nacional de Medicina Legal, explicaron que por motivos de salubridad no se autoriza la exhumación de los cuerpos para su reconocimiento, como solicitaron los familiares, teniendo en cuenta un documento del Ministerio de Salud que establece que en un término superior a 8 días no procede la exhumación por riesgo para la salud pública.

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"Se procederá a seguir con las investigaciones abiertas formalmente a la Clínica El Prado y a la funeraria Jardines de la Eternidad, cumpliendo el debido proceso, hasta llegar a las sanciones correspondientes"; expresó el secretario distrital de Salud, Humberto Mendoza.

El funcionario dijo que, "aunque se trata aparentemente de errores humanos, la administración distrital no tolerará este tipo de casos".

Las averiguaciones preliminares que se encuentran en curso comprenden la recopilación de pruebas, escuchar descargos y alegatos, y decidir la sanción.

Las investigaciones en curso

 Por estos casos de errores humanos en la entrega de cadáveres, la Secretaría Distrital de Salud decidió abrir dos averiguaciones preliminares. El pasado 10 de julio contra la Clínica El Prado, mediante auto 0074-600, y posteriormente contra la funeraria Jardines de la Eternidad, mediante auto 0075-600.

Las autoridades de salud distrital ratifican que las entidades que participan en este tipo de procesos deben dar estricto cumplimiento a las Orientaciones para el Manejo, Traslado y Disposición Final de Cadáveres por SARS-CoV-2 (COVID-19), expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social e impartidas mediante circular externa No. 022-600 el 5 de junio de 2020, en donde se establece que su violación e inobservancia daría lugar a responsabilidades.

 Según el Decreto 780 de 2016 y la Ley 9 de 1979, las sanciones serían: amonestación, multas sucesivas hasta por la suma equivalente a 10.000 salarios diarios mínimos legales, suspensión o cancelación del registro y/o cierre temporal o definitivo de los servicios respectivos.

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